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“Vuelos overbooking”, un verdadero “trauma” para muchos viajeros en Colombia, ¿quién regula y qué puede hacer?

“Vuelos overbooking”, un verdadero “trauma” para muchos viajeros en Colombia, ¿quién regula y qué puede hacer?

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“Una práctica que debe indemnizar al pasajero”: Superintendencia de Transporte

En uno de sus artículos de abril pasado, Portafolio publicó que “La Semana Santa superó las expectativas de recuperación económica nacional en el sector turístico”.

En ese momento, según el portal especializado en economía, el Ministerio de Comercio indicó que había 1.520.000 usuarios del transporte aéreo en el país.

Lo que significa que los “ingresos reportados por las aerolíneas aumentaron un 375% con respecto a 2021”.

Sin embargo, esos buenos números que se dieron en medio de la llamada “reactivación del transporte aéreo”, estuvieron llenos quejas, quejas, molestias y también molestias extendido.

El motivo: el overbooking de vuelos.

¿Es legal en Colombia sobrevender vuelos?

En su artículo, Portafolio consultó a Aerocivil ya la Superintendencia de Transporte sobre el polémico tema.

Ambas entidades han confirmadoque en colombia es legal sobrevender vuelos“:

Según Aerocivil:

“La sobreventa es legal y está contemplada en la normativa aeronáutica colombiana (RAC).
-La principal razón es que según los estudios de ocupación, hay un porcentaje de pasajeros que no se presenta en el aeropuerto el día del vuelo. Para la industria, una silla vacía es una “mercancía” perecedera.

Por su parte, en su momento, el superintendente de transporte, Wilmer Salazar, detalló “si es legal, al punto que el Reglamento Aeronáutico establece ciertas reglas cuando esto sucede“.

El funcionario agregó al portal que:

La única excepción se encuentra en el literal d) del artículo 13.525 del Reglamento Aeronáutico de Colombia (RAC), que establece una sanción consistente en una multa de 370 UVT, a la línea aérea que “en períodos de temporada alta, incurra en la sobreventa de un vuelo superior al 5% de la capacidad de pasajeros disponible en la respectiva aeronave”.
En similar sentido, el literal c) del artículo 13 525 de las CARs, establece una sanción consistente en una multa de 370 UVT, a la línea aérea que “por overbooking o cualquier otra causa que le sea imputable, niegue el embarque a un pasajero que tenía adquirido un billete y un asiento reservado para un determinado vuelo’”.

Derechos de los viajeros afectados

Otro de los detalles descritos y de vital importancia es lo que dice la Superintendencia de Transporte sobre las líneas aéreas “que se dan el lujo de sobrevender”.

Especifican que están obligados a indemnizar a los pasajeros afectados:

  • «Y la forma en que se establecen estas reglas, así como sanciones cuando haya lugar para ellasnos permite concluir que hay un elemento de razonabilidad que la aerolínea debe incorporar a esta práctica”, explicó el superintendente.

Entre estas obligaciones, es importante precisar que se encuentran establecidas en el punto 3.10.2.13.2 de las CAR.

Y establece lo siguiente:

  1. Ofrecer al usuario un asiento en el siguiente vuelo disponible, en la misma fecha y en la misma ruta, y en caso de no existir un vuelo en la misma aerolínea, deberá abordar otro a la brevedad.
  2. Compensar al usuario con una cantidad equivalente al 30% del valor del viaje.

Tenga en cuenta que si usted, como pasajero, es trasladado «a otro vuelo de la misma u otra aerolínea, se le compensará de acuerdo con el tiempo de espera hasta la salida de este otro vuelo».

¡Los datos!

Además de lo anterior, en el artículo el portal desglosa datos importantes a tener en cuenta como viajero en caso de sobreventa de pasajes.

  • Si hay un retraso de 1 hora y menos de 3 horas: La línea aérea deberá proporcionar al pasajero un refrigerio y comunicación telefónica no mayor a tres (3) minutos o por el medio más ágil disponible al lugar de destino, o al lugar de origen en caso de conexiones, a solicitud del pasajero. .
  • Retraso mayor a 3 horas y menor a 5 horas: Adicional a lo anterior, la aerolínea deberá proveer al pasajero de alimentos (desayuno, almuerzo o cena, dependiendo de la hora).
  • Para un retraso de más de 5 horas: Además de lo anterior, si superas las 22:00 horas (hora local), la aerolínea deberá pagar los gastos de alojamiento (si no estás en tu lugar de residencia) y los gastos de transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento y viceversa.

Con lo anterior, cabe mencionar que la Superintendencia de Transporte establece que “el usuario puede llegar a un acuerdo con la aerolínea para cambiar voluntariamente el vueloen cuyo caso no se considerará sobreventa lo ocurrido con este pasajero”, explica Portafolio en su publicación.

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Written by jucebo

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