Las víctimas, de nacionalidad suiza y brasilera, permanecieron en cautiverio durante casi tres meses. Por su liberación los secuestradores exigían 1.000 de pesos.
Ernesto Ascue Boyocue, alias Cuñado, quien integraría el Grupo Armado Organizado residual Dagoberto Ramos, fue enviado a prisión como presunto responsable del secuestro de dos extranjeros, en marzo del 2020.
La medida de aseguramiento fue adoptada por un juez de control de garantías, en atención a la solicitó que en tal sentido hizo la Fiscalía General de la Nación, luego de que el Gaula de la Policía Nacional capturara al procesado, en cumplimiento de una orden judicial.
Según la investigación Ascue Boyocue habría participado en el secuestro de un ciudadano suizo y uno brasilero; de 67 y 50 años de edad, respectivamente.
Los hechos ocurrieron el 22 de marzo de 2020 en la vía que del corregimiento El Palo conduce al municipio de Caloto (Cauca). El material de prueba aportado evidenció que las dos personas fueron abordadas por hombres que pocos después realizaron exigencias económicas de hasta 1.000 millones de pesos por la liberación de los dos ciudadanos.
Las víctimas permanecieron privadas de la libertad en contra de su voluntad hasta el 18 de junio del 2020 cuando fueron rescatados en la vereda La Esther, jurisdicción de Corinto (Cauca). Alias Cuñado sería el encargado de hacer las referidas exigencias económicas ilegales, al igual que los videos de supervivencia de los dos ciudadanos.
Por estos hechos la Fiscalía imputó al procesado los delitos de secuestro extorsivo agravado y concierto para delinquir agravado.
Esta información se publica por razones de interés general.
MAP/MAGA/GAMM/DSC
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.