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¿Qué sigue tras salida de Carrasquilla del Banco de la República?

¿Qué sigue tras salida de Carrasquilla del Banco de la República?

El nombramiento del exministro de hacienda Alberto Carrasquilla Barrera como miembro de la Junta Directiva del Banco de la República el año pasado, fue anulado por el Consejo de Estado al considerar que no se acató la ley de cuotas al desconocer el Artículo 4 de la Ley 581 del año 2000.

(Lea: Gerente de Banrep lamenta retiro de Carrasquilla de la junta directiva). 

La decisión del entonces presidente de Colombia, Iván Duque, ya había sido fallada y se mantenía el nombramiento, pero esta nueva decisión cambia el sentido del primer pronunciamiento y la sentencia entrará en vigor una vez Carrasquilla sea notificado de manera oficial. 

La Constitución política es la que establece que los codirectores del Emisor son nombrados siempre por el Presidente de la República que esté en ejercicio, cuando se vencen sus períodos prorrogables de cuatro años (máximo tres), es decir que podrían estar en banco hasta por 12 años. 

En el capítulo VI de la Constitución política, que trata sobre la Banca Central del país, el artículo 372 establece que la junta directiva del Banco de la República la conforman siete miembros, entre los cuales está el ministro de Hacienda, quien está a cargo de presidirla, y el gerente del Emisor. 

Actualmente estos cargos son ocupados por José Antonio Ocampo y Leonardo Villar.

(Además: Banco de la República sostiene que inflación retornará a 3 % en 2024). 

Según la carta política, el gerente del banco central será elegido por la junta directiva y será miembro de ella. «Los cinco miembros restantes, de dedicación exclusiva, serán nombrados por el Presidente de la República para períodos prorrogables de cuatro años, reemplazados dos de ellos cada cuatro años«, señala dicho artículo. 

Ahora dependerá del presidente Gustavo Petro tomar la decisión de quien ocupe la silla de Carrasquilla teniendo en cuenta lo dicho por el consejo de Estado al considerar que al ser cinco los miembros de dedicación exclusiva, «la cuota de género del 30 por ciento se cumple con dos mujeres”. 

¿Cómo se hacen las designaciones?

Hay que tener en cuenta que si un codirector del Emisor renuncia antes de terminar su período de cuatro años, el Presidente de la República también debe nombrar su reemplazo. Uno de esos referentes es el de la dimisión de José Antonio Ocampo a finales de 2019, y quien había sido nombrado por Santos en febrero de 2017, en reemplazo de César Vallejo. 

En el proceso de nombramiento de los codirectores hay dos personas claves: el ministro de Hacienda y el Presidente. El ministro maneja la política fiscal que debe coordinarse con la política monetaria, como lo indica la Constitución, y esta última es responsabilidad del banco central. 

(Vea: ¿Inflación básica? Qué es y cómo el Gobierno la utilizará en la crisis). 

El primero en contactar a los opcionados es el ministro del momento y posteriormente por el Presidente, se deben tener además más de una opción en caso de que por algún motivo el primer opcionado no acepte.

Hay dos factores principales para que los codirectores sean escogidos, el primero es la carrera que haya hecho y el conocimiento que tengan. 

EL TIEMPO

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Written by jucebo

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