Un total de 14 personas fueron judicializadas por la Fiscalía General de la Nación, por su presunta responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir con fines de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes; tráfico, fabricación y porte de estupefacientes y destinación ilícita de muebles o inmuebles, según sus responsabilidades individuales.
Los procesados, quienes no aceptaron los cargos, fueron detenidos mediante varias diligencias de registro y allanamiento simultáneas. Once de las capturas se llevaron a cabo en Armero Guayabal y tres en Ibagué (Tolima). Durante las diligencias se logró la incautación de 80 dosis de sustancia estupefaciente entre cocaína y marihuana tipo cannabis.
El modus operandi de este grupo de delincuencia común organizada que vendría delinquiendo desde el año 2019 hasta la fecha, consistiría en enviar los estupefacientes mediante encomienda desde la capital tolimense hacia Armero Guayabal y municipios circunvecinos, en buses intermunicipales. También usarían la modalidad de a domicilio.
Al término de las audiencias concentradas el juez de control de garantías dictó medida en centro carcelario en contra de:
Intramuros
Omar Arias González
Elkin Damayer Vargas Hernández
Edgar Iván Bonilla Sáenz
Carlos Alberto González Vanegas
Cristian Camilo González Muñoz
Edwin Milán Cáceres
Holman Johan Cervera Marín
Luis Alexánder Navarro Hernández
Jorge Andres Murcia Buitrago
Arbey García Horta
Jhon Edilson Zambrano Rincón
Rolando Ramírez López
Leydi Johana Rodríguez Gallego
Domiciliaria
Diana Carolina Marroquín Bocanegra
La Fiscalía habla con resultados.
PAAM/MG/JDO
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.