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Cárcel para hombre señalado de hurtar 176 millones a un comerciante en el norte de Bogotá

El procesado había pagado condena en Medellín por hurto

La víctima salió de una casa de cambios, fue interceptada por dos hombres que se movilizaban en una motocicleta y obligada a entregar el dinero. 

Luego del valorar el material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación, una juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario a Santiago Sánchez Rodríguez, presunto responsable del robo de 176 millones de pesos a un comerciante que acababa de cambiar unas divisas en el norte de Bogotá. 

Este hombre, en compañía de otra persona y abordo de una motocicleta, habría interceptado a la víctima justo cuando bajaba de un taxi en la calle 94 con carrera 21. Al parecer, la intimidó con un arma y le arrebató el dinero que llevaba en dos maletines. 

El procesado había pagado condena en Medellín por hurto

Algunas transeúntes que se percataron de lo ocurrido llamaron a la Policía Nacional para reportar el robo y entregar detalles sobre los asaltantes. Uniformados del CAI El Virrey atendieron la alerta, se trasladaron al lugar y capturaron muy cerca a Sánchez Rodríguez. En su poder le encontraron una pistola traumática y un reloj de gama alta. 

Por estos hechos, una fiscal de la Seccional Bogotá le imputó los delitos de homicidio; fabricación, tráfico o porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y hurto calificado y agravado. Los cargos no fueron aceptados. 

La Fiscalía habla con resultados. 

 

 FAGH/JARG/LM/SB/ 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004. 

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Written by jucebo

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