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Declaración de renta: documentos a los que se les cumple el plazo

Declaración de renta: documentos a los que se les cumple el plazo

Una nueva semana empieza para que las personas naturales cumplan con la declaración de renta. Entre el martes 22 y el viernes 25 de agosto de 2023 se acaba el plazo para esta obligación para otro grupo de colombianos.

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Recuerde que los plazos están dados por los dos últimos dígitos del NIT (o cédula). Así las cosas, a quienes se les cumple el plazo durante esta semana son a las personas cuyo documento termina en:

– 22 de agosto: 17 y 18.

– 23 de agosto: 19 y 20.

– 24 de agosto: 21 y 22.

– 25 de agosto: 23 y 24.

(Vea: Declaración de renta 2023: fechas y plazos para pagar el impuesto).

Recuerde que la sanción mínima que se pagará en 2023 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas ante la Dian es de $424.000. Es decir, si se declara un día después del plazo establecido, el contribuyente tendrá que asumir este valor, incluso si su declaración de renta arroja un valor a pagar de cero.

También existe una sanción por extemporaneidad, la cual equivale al 5 % del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual presente la declaración de renta.

(Vea: Declaración de renta 2023: plazos, sanciones y otros datos clave).

Teniendo en cuenta factores como los ingresos, bienes, compras, salarios y transferencias del año anterior, la Dian establece anualmente una serie de topes.

En lo que se refiere a las personas naturales, aquellos que están obligados a cumplir con el pago de este impuesto en 2023 deben tener presentes las siguientes condiciones:

– Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171’018.000.

– Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53’206.000.

(Vea: Mitos y verdades sobre la declaración de renta en Colombia).

– Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53’206.000.

– Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53’206.000.

– Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53’206.000.

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Written by jucebo

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