La voluntad irrevocable del trabajador de finalizar su vínculo laboral o de renunciar, no requiere que su empleador esté de acuerdo.
Sin embargo, si lo que propone es su finalización puesta a consideración del dador del empleo, será efectiva cuando el empleador lo acepte.
Al momento de renunciar se supone que su validez o eficacia se da desde el momento en que presenta la carta a su empleador.
Hay que tener claro que el nadie puede obligar al trabajador a laborar si así no lo…