Saber quién debe quedar con los recursos que se generaban en Bogotá por cuenta de las multas de tránsito, era un tema que tenía enfrentados a la Federación Colombiana de Municipios (Fedemunicipios) y a la Alcaldía de Bogotá desde hace varios años, ya que las partes no lograron un punto de acuerdo y tuvieron que escalar el tema a la rama judicial, que esta semana definió lo que pasará.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, subsección B, en sentencia de primera instancia del 30 de agosto del año en curso, negó las pretensiones de Fedemunicipios conforme a la cual buscaba percibir un porcentaje de las multas que recaude con el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit) una vez este fuera implementado.
Más noticias: ¿Presupuesto General para el 2025 se expedirá por decreto? Petro abrió la posibilidad
Así lo dio a conocer la Secretaría Distrital de Hacienda, que por medio de un comunicado explicó que la decisión da un parte de tranquilidad frente al manejo de las finanzas de la ciudad, ya que se protegen los ingresos que la ciudad necesita para enfrentar momentos como éste, donde la prioridad es dejar atrás la desaceleración económica.
La entidad agregó que el demandante buscaba la reparación de perjuicios por la falta de transferencia del 10% del valor de todas las sanciones y multas por infracciones de tránsito impuestas desde 2002, lo que sumaba, junto con intereses causados a octubre de 2017, un total de $358.741 millones.
“Gracias a una defensa judicial articulada entre la Secretaría Distrital de Hacienda, la Secretaría Distrital de Movilidad y la Secretaría Jurídica Distrital se logró demostrar que, aquellas multas y sanciones que los entes territoriales recauden directamente, como es el caso de Bogotá desde hace unos años, no pueden ser objeto de un gravamen por parte de Fedemunicipios ya que esta no está prestando ningún servicio”, acotó.
Vale la pena destacar que según el Tribunal de Cundinamarca, frente al período de 2002 al 25 de agosto de 2015 en donde el SIMIT prestó un servicio a Bogotá, se dejó claro que operó la caducidad. Es decir, que transcurrió el término que otorga la ley para la reclamación judicial de la reparación.
Le puede interesar: Gremios advierten al Congreso los efectos nocivos en pobreza y empleo por la laboral
“En este sentido, el Tribunal manifestó que no se probó el daño antijurídico, ya que, la Alcaldía Mayor de Bogotá ha venido recaudando recursos sin apoyo ni cooperación del SIMIT y aquello en lo que este apoyó en su momento, ya no le asiste derecho, por lo que no adeuda pago alguno”, indicaron desde Hacienda Bogotá.
De esta forma cerraron indicando que se dio una decisión favorable para Bogotá, que desde hace varios años inició un camino judicial para demostrar que no debe trasladar recursos a Fedemunicipios por las multas que recauda directamente, logrando consigo un ahorro muy importante para el patrimonio Distrital cuantificado en más de $350.000 millones.
El Sistema Integrado de Información sobre las Multas y sanciones por Infracciones de Tránsito es un sistema que alimenta los datos reportados por multas y sanciones por infracciones de tránsito, suministrados por cada una de las Autoridades de Tránsito Territoriales y que son entregados a cada uno de los Concesionarios de la Operación Simit de las diferentes zonas (5 zonas operativas y 1 zona virtual) en las cuales se dividió el país.
Si bien todas las autoridades territoriales de tránsito son responsables de garantizar la oportunidad en la entrega, integridad, veracidad y calidad de la información suministrada, actualmente es un mecanismo regulado por Fedemunicipios, organismo que representa a las entidades municipales en esta tarea.