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En Nariño fue capturado un hombre requerido para cumplir una condena por maltrato contra su excompañera sentimental

En la fotografía se aprecia de pie y con los brazos atrás a Harold Aristides Olmedo Solís. Viste Buso azul oscuro de cierre e internamente se ve camiseta de color verde oliva; también usa jean azul y zapatillas negras con zuela blanca. A su izquierda hay un servidor del CTI de la Fiscalía y a la derecha un uniformado de la Fiscalía. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Fiscalía.

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, con apoyo de la Policía Nacional, capturaron a Harold Aristides Olmedo Solís, quien es requerido para cumplir una condena a 6 años de prisión por su responsabilidad en cuanto al delito de violencia intrafamiliar agravada contra su excompañera sentimental.

Harold Aristides Olmedo Solís, fue capturado para cumplir sentencia condenatoria como responsable del delito de violencia intrafamiliar agravada, en Pasto (Nariño).

La Fiscalía evidenció que el ahora sentenciado es reincidente en cuanto a la comisión de dicho ilícito. Hechos que ocurrieron durante el  2019 en Pasto (Nariño). En la diligencia judicial se demostró que Olmedo Solís sometió a su expareja sentimental a malos tratos, tanto  físicos, verbales y psicológicos, como una forma de presión para obligarla a regresar con él.

El implicado era requerido por la justicia mediante una orden de captura desde el pasado 5 de noviembre, la cual se hizo efectiva este 7 de enero en el barrio Fátima del municipio de Tangua (Nariño).

MAP/DSN/MAGA/

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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Written by jucebo

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