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Esta semana vence el plazo para ponerse al día con el ICA en Bogotá

Ferias de servicio - Secretaría de Hacienda

El calendario tributario de Bogotá continúa su marcha, fijando fechas clave para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, bajo el mensaje de que estos recursos son esenciales para financiar proyectos sociales y de crecimiento económico incluidos en el Plan de Desarrollo de la ciudad.

Dentro de estas obligaciones, el impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros (ICA) destaca como una de las principales fuentes de ingresos, por lo que durante los últimos días se han centrado en recordarle a la gente que hay un plazo próximo a vencerse.

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La Secretaría de Hacienda informó que los agentes retenedores del ICA que practicaron retenciones durante el sexto bimestre de 2024 (noviembre y diciembre) tienen hasta el 17 de enero para declarar y pagar.

El trámite puede realizarse de manera virtual a través de la página web oficial de la entidad. Allí, los contribuyentes deben seleccionar la opción «Pagos Bogotá», dirigirse a «Impuestos» y elegir «Impuesto de Industria y Comercio», valiéndose de los sistemas y herramientas digitales que permiten realizar la declaración y el pago en línea, o descargar el recibo para realizar el trámite presencial en bancos autorizados, evitando largas filas.

Ferias de servicio – Secretaría de Hacienda

Secretaría de Hacienda – A.P.I.

La Secretaría enfatizó que todos los servicios ofrecidos son gratuitos, recordando a los ciudadanos que no es necesario recurrir a intermediarios o tramitadores y que en caso de dudas o consultas, los contribuyentes pueden utilizar los canales oficiales de atención para recibir orientación confiable.

El impuesto de Industria y Comercio debe ser declarado y pagado por agentes retenedores definidos por las normativas fiscales vigentes. Este grupo incluye entidades de derecho público, grandes contribuyentes designados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y aquellos establecidos en la resolución DDI-000305 de 2020 de la Dirección Distrital de Impuestos.

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También están obligados los intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas donde se practique la retención del impuesto. Estos agentes retenedores desempeñan un papel crucial en garantizar el control y la adecuada aplicación del tributo, conforme a las disposiciones reglamentarias. Además, tienen la responsabilidad de emitir un certificado anual de retenciones, de acuerdo con el artículo 13 del Acuerdo 65 de 2002.

Quienes realizaron retenciones en los meses de noviembre y diciembre de 2024, deben declarar y pagar hasta del 17 de enero de 2024. Hacienda Bogotá sugiere no dejar vencer esta fecha, para evitar sanciones e intereses”, manifestaron en un comunicado.

Pago de Impuestos

Pago de Impuestos

Fuente: Alcaldía de Bogotá

Evitar sanciones

Este certificado debe contener información detallada, como el año gravable, los datos del retenedor (nombre, NIT, dirección) y de la persona o entidad retenida. Asimismo, debe incluir el monto sujeto a retención, el concepto de los pagos y el detalle de las retenciones efectuadas. La firma del agente retenedor garantiza la veracidad del documento, contribuyendo a la transparencia y cumplimiento de las obligaciones fiscales.

“Para la vigencia 2024, las sanciones mínimas son: $329.000 (7 UVT) para el impuesto de Industria y Comercio, según el artículo 7 del Acuerdo 756 de 2019, que modifica el artículo 3 del Acuerdo Distrital 27 de 2001; y $471.000 (10 UVT) para la retención de ICA, de acuerdo con el artículo 639 del Estatuto Tributario Nacional”, agregaron.

La Secretaría de Hacienda enfatizó en que el cumplimiento de las obligaciones tributarias relacionadas con el ICA es vital para el desarrollo económico y social de la ciudad, dado que este tributo representa una de las principales fuentes de financiación para proyectos clave en la ciudad, desde infraestructura hasta programas sociales, todos en el marco de las metas trazadas en el Plan de Desarrollo.

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Written by jucebo

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