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A qué se debe que las cifras de colombianos en quiebra sigan aumentando

Sin dinero

Ya sea por los nuevos mecanismo que ha creado la justicia para salir de apuros de este tipo o por la marcada desaceleración que vive el país hace varios meses, cada vez son más los colombianos endeudados que no logran cumplir con sus compromisos y se están teniendo que declarar en quiebra ante las autoridades financieras.

Si bien la inflación ha cedido, ubicándose en 5,2% en 2024 y las cifras de desempleo bajaron al 8,2% en noviembre y se mantienen en un dígito, mientras el Banco de la República sigue bajando las tasas de interés a un ritmo prudente, esto no parece estar generando el efecto deseado en los hogares colombianos.

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Así lo evidencian las más recientes estadísticas del Ministerio de Justicia y del Derecho que confirman que el número de personas que se declararon en quiebra al no poder cubrir sus deudas aumentó un 58% en 2024 frente a 2023.

Nelly Vanessa Méndez Farfán, representante legal de la firma Méndez y Méndez Abogados, indicó que estos datos confirman el propósito de año nuevo de muchos colombianos que desean este 2025 salir de deudas y con ello recuperar su vida financiera y el obstáculo que enfrentan al no tener el dinero suficiente.

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Fuente: IStock

“La buena noticia es que, aunque muchos ciudadanos estén preocupados por no tener los recursos suficientes para matar las culebras, actualmente existe un salvavidas legal que permite negociar todos los pasivos de forma fácil y rápida con los bancos, los prestamistas, las administraciones, la Dian, las secretarías de movilidad por concepto de multas de tránsito y hasta con los arriendos atrasados”, manifestó.

Según el Ministerio de Justicia y del Derecho, los 5 departamentos en los que más personas se declararon en quiebra fueron: Bogotá (2.625), Antioquía (1.883), Valle del Cauca (1.498), Santander (523) y Atlántico (276). Así mismo, las deudas vencidas de los colombianos con los bancos, con una mora mayor a 30 días, cerraron el 2024 en más de $30 billones.

Tan solo los pasivos relacionados con préstamos de vehículo, libranzas, tarjetas de crédito y libre inversión aumentaron 50% en el lapso revisado por las autoridades judiciales, marcando la realidad que para Méndez Farfán, incentivan que los colombianos acudan a las nuevas herramientas que ofrece el sistema judicial.

“Una de éstas es la Ley 1564, mejor conocida como la Ley de Insolvencia Económica, una figura que además ayuda a levantar todos los reportes negativos en las centrales de riesgo luego de llegar a acuerdos de pago con todo tipo de deudores, y así evitar embargos y remates”, agregó la experta.

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¿Cómo aprovecharla?

La vocera de Méndez y Méndez Abogados, indicó que las personas interesadas en acogerse a un proceso de insolvencia deben cumplir con ciertos requisitos, como no ser comerciantes activos, representantes legales o poseedores de más del 50 % de las acciones de una empresa.

“Además, es necesario tener al menos dos deudas vencidas con más de 90 días de atraso. La solicitud debe ser radicada en la ciudad de residencia del solicitante.El proceso inicia en un Centro de Conciliación, notaría o Cámara de Comercio, donde se evalúa la petición. Si es admitida, los acreedores deben informar el valor exacto de la deuda en capital e intereses”, explicó.

Embargo

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Posteriormente, según contó la abogada Nelly Méndez, el deudor debe presentar una propuesta de pago que puede incluir el abono únicamente al capital, excluyendo intereses. En caso de aceptación, se firma un acuerdo de pago; si no, se entra en liquidación patrimonial.

“Una vez admitido el proceso de insolvencia, la ley establece un plazo de 60 a 90 días para alcanzar un acuerdo que permita saldar las deudas, ya sean con entidades financieras, prestamistas, impuestos u otros compromisos. Este mecanismo busca ofrecer soluciones efectivas para reorganizar las obligaciones financieras y brindar un respiro económico a los deudores en situación de dificultad”, informó.

Quienes logren acogerse a esta medida, podrán acceder a beneficios como la suspensión de los procesos jurídicos que tenga en su contra; incluso, si ya tiene embargos o fecha de remate, estas demandas quedarán congeladas. Además, podrá pagar sus deudas en un plazo recomendado de 5 años o más tiempo si así lo requiere y tendrá la oportunidad de decidir qué valor pagar mensualmente por cada deuda, según sus ingresos.

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Written by jucebo

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