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Elección de Accai: se venció el plazo para que no decidan por usted

Pensiones

Por medio de un comunicado a la opinión pública, la Superintendencia Financiera informó a los ciudadanos que este jueves -16 de enero- se vence el plazo par que los afiliados a Colpensiones que no estén en régimen de transición y que tengan ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes escojan su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai).

Esto, según lo establecido en el nuevo sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común (Ley 2381 de 2024), también conocido como reforma pensional en el que se fijó un plazo de seis meses contados a partir del 16 de julio del 2024 para que, quienes cumplan los requisitos mencionados, puedan elegir libremente.

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“El plazo vence el próximo 16 de enero para que los afiliados cobijados con la nueva Ley seleccionen su Accai. En caso de que no realicen este procedimiento, les será asignada una de manera aleatoria a través del mecanismo que defina el Gobierno nacional”, explicaron desde el ente de control.

Es importante recordar que la Ley definió también que quienes tengan ingresos superiores a los 2,3 salarios mínimos, poco más de $3,7 millones, realizarán su cotización mensual al Componente de Prima Media administrado por Colpensiones hasta ese valor y lo que exceda esta suma será la base para realizar su cotización al Componente Complementario de Ahorro Individual que será administrado por las Accai.

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Por ejemplo, para una persona que gane $5 millones, los aportes sobre los primeros $3,2 millones (que marcan los 2,3 salarios mínimos) irán al fondo común, mientras que los aportes de los $1,7 millones restantes, quedarán a discreción de los trabajadores, quienes podrán ponerlo en la Accai que mejor le convenga.

Además de los salarios, esta medida aplica a hombres con menos de 900 semanas y mujeres con menos de 750 semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones al 1 de julio de 2025, quienes formarán parte del nuevo Sistema Pensional, ya que no alcanzaron a entrar en el régimen de transición.

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¿Quiénes pueden ser Accai?

De acuerdo a lo que se pactó para el nuevo sistema pensional, que entrará a regir las sociedades administradoras de fondos de pensiones, las sociedades fiduciarias, las compañías aseguradoras de vida, las sociedades comisionistas de bolsa, Colpensiones y las entidades sin ánimo de lucro autorizadas y vigiladas por la SFC, podrán postularse para hacer parte de este grupo.

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No obstante, la Superfinanciera advierte que deben contar con la autorización respectiva de esta Superintendencia y cumplir los requisitos de capital, gobierno corporativo y operativos definidos en la misma Ley y en el Decreto 1558 de 2024.

“La SFC ha publicado en su sitio web y actualizará cuando sea necesario el listado de las entidades que hayan acreditado los requisitos definidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para administrar dichos recursos con el fin de que las personas hagan su elección”, señalaron.

Por último, hay que tener presente que los cotizantes podrán cambiar de Accai luego de seis meses de permanencia, contados a partir de la entrada en vigor de la reforma pensional, el próximo 01 de julio de 2025, fecha desde la cual, las administradoras comenzarán a administrar los recursos pensionales de las cotizaciones que se realicen por encima del umbral ya mencionado.

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Written by jucebo

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