Uno de los cambios más importantes de la Reforma Pensional tiene presente lo que son las exigencias para los trabajadores independientes en Colombia al momento de entregar las cuentas de cobro y recibir el pago de los contratos. Habría un cambio sustancial en un trámite de pensiones.
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De acuerdo con la iniciativa, que está en revisión de la Corte Constitucional, hay un cambio sustancial que lleva a que las empresas contratantes de empleados a cuenta propia o por prestación de servicios asuman nuevas responsabilidades.
«La norma, en el artículo 76, estableció que las personas que son régimen de transición, es decir, hombres con más de 900 semanas cotizadas y mujeres con más de 750 semanas, se pueden trasladar con doble asesoría», explicó Gustavo Sánchez, analista y experto en pasivo pensional.
Más cambios en trámite de pensiones
Una vez entre en vigor el nuevo sistema de jubilación, los trabajadores independientes en Colombia no tendrían que presentar los soportes por pagos a seguridad social, siendo estos los correspondientes a las cotizaciones de pensión, salud y riesgos laborales.
Sin embargo, la misma reforma dice que cuando el caso sea responsabilidad del trabajador, debe llevar a cabo sus pagos por seguridad social, lo que llevaría que las cotizaciones se sigan haciendo mediante PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) y se presenten los respectivos soportes ante el contratante.
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Además, los trabajadores independientes en Colombia, de pasar la reforma el control constitucional, van a poder cotizar a pensión en el país, con base en días o semanas cotizadas y no bajo el margen del mes completo.