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En el momento de los hechos la víctima no estaba de servicio en día de descanso.
La Fiscalía logró la judicialización de Juan David Pulido Casallas, presunto responsable de la muerte de un hombre en vía pública de la localidad de Fontibón.
De acuerdo con la investigación desarrollada bajo la coordinación de un fiscal de la Unidad de Vida de Bogotá, con apoyo de la Policía Judicial Sijín, el pasado 17 de enero, en horas de la madrugada, se habría generado una discusión entre el grupo de amigos de Pulido Casallas y el patrullero de Inteligencia Antinarcóticos Javier Darío Bedoya Flórez, quien no se encontraba de servicio ese día.
Según los testigos, un amigo del presunto agresor habría entablado una conversación con la pareja sentimental de la víctima al interior de un bar ubicado en la localidad de Fontibón, lo que, al parecer generó el altercado.
Al salir del establecimiento Bedoya Flórez, fue agredido, presuntamente, por Pulido Casallas con arma cortopunzante, quien luego huyó del lugar.
La víctima fue trasladada a un centro hospitalario, donde falleció producto de las heridas recibidas.
El pasado 21 de enero, se hizo efectiva la orden de captura en contra del hoy procesado.
En audiencias preliminares se legalizó la captura y la Fiscalía imputó el delito de homicidio agravado, cargos que no fueron aceptados por Pulido Casallas.
Un juez con función de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro de reclusión en contra del imputado.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados
LMFO/MOM/FAGH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.