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Ante la contundencia del material probatorio presentado por la Fiscalía, aceptó su responsabilidad en los hechos.
Diego Felipe Manrique fue condenado a 39 años y 23 días de prisión por el delito de feminicidio agravado del que fue víctima su ex compañera sentimental el 9 de enero de este año en Milán (Caquetá).
La decisión fue emitida por el Juzgado 2° Penal del Circuito de Florencia. No se le concedieron subrogados penales por lo que deberá purgar la sentencia impuesta en centro carcelario.
La Fiscalía General de la Nación, a través de un delegado de la Unidad de Vida de Florencia, logró esta sentencia mediante preacuerdo judicial, luego que el encartado aceptara su responsabilidad en estos hechos, obteniendo una rebaja en la pena a purgar.
Los hechos tuvieron lugar en horas de la mañana de ese 9 de enero en el barrio Pueblo Nuevo de la Inspección San Antonio de Getuchá, del municipio caqueteño de Milán.
Según testigos y la información recolectada por los investigadores, Manrique ingresó a la casa de su expareja a quien hirió en la garganta con un cuchillo. La mujer fue auxiliada por los vecinos del lugar, pero debido a la gravedad de la herida, murió en el lugar de los hechos.
De acuerdo a declaraciones rendidas por testigos, los episodios violentos vividos por la víctima de parte de su agresor, eran frecuentes, porque ella no deseaba continuar la relación sentimental con él.
El hoy privado de la libertad fue detenido en flagrancia y permanecerá retenido en un centro carcelario de Caquetá para darle cumplimiento a la pena impuesta.
La Fiscalía habla con resultados
DST/PAAM/CFG/FDD
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.