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A prisión presunto responsable de asesinar a un hombre que se negó a delinquir para el Clan del Golfo

En la imagen se observa a un hombre de camiseta amarilla y bermuda oscura custodiado por dos agentes de la Policía Nacional delante de un pendón de esa institución.

José David Cervantes Monroy fue privado de su libertad en centro carcelario por petición de un fiscal de la Seccional (Sucre), que lo imputó como presunto responsable de los delitos de homicidio y fabricación, tráfico o porte de arma de fuego.

Cervantes Monroy sería la persona que conducía la moto cuando se cometió el homicidio de Benavides Guevara.

Los hechos que motivaron la decisión ocurrieron el pasado 10 de mayo en el barrio El Progreso de Sincelejo, donde desconocidos que se desplazaban en una motocicleta le dispararon a Adrian Evelio Benavides Guevara. Ocho días después la víctima falleció en un centro asistencial debido a la gravedad de las heridas.

Varios testimonios recaudados por la Fiscalía permitieron identificar al presunto implicado como la persona que, presumiblemente, manejaba la motocicleta en que se cometió el ataque.

Según la investigación, los móviles del homicidio estarían relacionados con la negativa de la víctima para comercializar estupefacientes para el Clan del Golfo.

Cervantes Monroy negó cargos imputados por la Fiscalía. Por disposición del juez su reclusión se cumplirá en la cárcel La Vega de Sincelejo.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados. 

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MEVA/MAGA/MC/DSS

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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Written by jucebo

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