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Acuerdo de Escazú recibe el aval de la Corte Constitucional: ¿qué procede?

Corte Constitucional

La Sala Plena de la Corte Constitucional dio el aval de constitucionalidad a la Ley 2273 de 2022, la cual ratificó el llamado Acuerdo de Escazú en el país.

Cabe mencionar que este acuerdo es un tratado internacional, impulsado por los países de América Latina y el Caribe, que incluye mandatos para la protección de líderes ambientales, promover la justicia ambiental y la prevención de conflictos cobre esta índole.

En el caso colombiano, la ratificación de este acuerdo fue una de las primeras iniciativas que impulsó el actual Gobierno Nacional. «El cambio político trajo un cambio que no se había podido hacer en tres años y es la ratificación del Acuerdo de Escazú«, dijo en su momento la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad.

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Corte Constitucional

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¿Cómo se votó?

El alto tribunal, con una ponencia realizada por el magistrado Jorge Ibáñez, que fue aprobada por unanimidad (con ocho votos debido a un impedimento del magistrado Vladímir Fernández), determinó que el acuerdo cumple con todos los requisitos legales que la Constitución demanda: «La fase previa gubernamental, como el proceso legislativo de aprobación del Acuerdo satisfacen los requisitos previstos en la Constitución y la Ley para el efecto«, advirtió el alto tribunal.

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La Corte Constitucional añadió que el acuerdo, «no era necesario agotar la consulta previa» debido a que dicho tratado, que ahora se aplicará en el país, «no abarca una reglamentación específica de aspectos que afecten de forma directa a las comunidades étnicamente diferenciadas«.

El tribunal también mencionó que el Acuerdo «no estaba sujeto a la reserva de ley estatutaria«, mecanismo que busca someter a una mayor discusión democrática y de control la regulación de las materias relacionadas con los derechos fundamentales.

Acuerdo de Escazú

Acuerdo de Escazú

Sergio Acero Yate / Portafolio

«La regulación en él inserta se enfoca en lograr la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en asuntos ambientales. También busca refrendar el compromiso por establecer un entorno seguro para las personas defensoras del medio ambiente. Estos propósitos son cuestiones que importan a toda la ciudadanía colombiana«, advirtió la Corte Constitucional en un comunicado de prensa.

Lo que viene con el Acuerdo

La Sala Plena de la Corte Constitucional concluyó que el Acuerdo si se ajusta a los parámetros que exige la carta magna, pues «la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en asuntos ambientales es presupuesto esencial para garantizar la participación ciudadana y por lo mismo, guarda correspondencia con lo previsto en los artículos 1, 2, 40, 79 y 95 de la Constitución Política«.

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Los magistrados consideraron también que el tratado busca «la garantía de un entorno seguro para la población líder y defensora de derechos humanos en asuntos ambientales«, lo que corresponde con los artículos 1, 2, 8, 13, 79 y 95.4-8 de la Constitución.

Corte Constitucional

Corte Constitucional

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Basándose con esta determinación del alto tribunal, la aplicación de las disposiciones del Acuerdo en el país no serían automáticas, pues aún se requieren reglamentaciones, según lo dispuesto en la ponencia del magistrado Ibáñez, que fue aprobada por unanimidad.

La Procuraduría General de la Nación, a través del viceprocurador Silvano Gómez Strauch, también avaló la iniciativa, indicando que la Ley superó asuntos de forma, tal como el estudio de impacto fiscal, y desarrolló principios para una ‘Constitución Ecológica’, complementando así los tratados y convenios internacionales sobre derechos humanos que ha suscrito Colombia.

PORTAFOLIO
*Con información de EL TIEMPO – JUSTICIA

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Written by jucebo

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