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¡Agéndese! Estos son los impuestos que se deben pagar durante el segundo trimestre

Impuesto predial

El calendario tributario es una herramienta que permite a los contribuyentes tener a la mano las fechas en las que deben cumplir sus obligaciones en esta materia.

(Lea más: ¿Se recogerán menos impuestos por la desaceleración de la economía?)

En ese contexto, y considerando que con el inicio del segundo trimestre del año también se acercan los plazos de algunos impuestos, le presentamos los tributos a tener en cuenta para que vaya preparando sus documentos y evite posibles sanciones o intereses moratorios.  

Esta obligación corresponde al pago que todo propietario o poseedor debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios de los que sea poseedor. 

En el caso de Bogotá, los contribuyentes que quieran acceder al descuento del 10 % tendrán plazo hasta el próximo 26 de abril. De lo contrario, la fecha límite definida para cumplir con la cancelación de este tributo es el 14 de junio. 

Las fechas de pago, con descuento, en otras regiones del país son: 

– Barranquilla: abril 5, con descuento del 10% y mayo 31, con descuento del 5%.

– Cali: abril 30, con descuento del 15 %.

– Cartagena:
abril 30, con descuento del 10%. 

Impuesto predial

iStock

(Vea: ¿Está debiendo impuestos de años anteriores? Así puede ponerse al día)

Este tributo contempla a aquellas personas que, al 1 de enero de 2024, tenían un patrimonio líquido, igual o superior a las 72.000 UVT, es decir, cercano a $3.388 millones. El impuesto se calcula teniendo en cuenta el valor total de los activos y descontando deudas y extensiones permitidas por la legislación correspondiente.

De acuerdo con el calendario tributario, los plazos para el pago de la primera cuota van del 10 al 24 de mayo, dependiendo del último dígito del NIT. 

Impuesto al patrimonio

Impuesto al patrimonio.

(Vea: Los impuestos que debe pagar si recibe dividendos, según la última reforma tributaria)

Esta obligación aplica para los propietarios de automotores nuevos, usados y los que ingresen temporalmente al territorio nacional. El monto podría corresponder al 1,5 %; 2,5 % o 3,5 % del valor comercial del mismo. 

Para Bogotá, el plazo establecido para el pago con descuento es el 24 de mayo. Sin este beneficio, la última fecha para el cumplimiento es el 28 de junio. 

En otras ciudades, el tiempo límite, con y sin descuento, es: 

– Bucaramanga: 1 de abril, con descuento del 10 %.

– Cali: 30 de abril deben pagar placas entre 000 y 333 / 31 de mayo, carros con placas entre 334 y 666 / 28 de junio, carros con placas comprendidas entre 667 y 999.

– Cartagena: 31 de marzo, con descuento del 20 %.

– Medellín: 19 de abril, con 10 % de descuento.

– Santa Marta:
primera semana de abril con 10 % de descuento. 

(Vea: Qué son las jornadas de normalización tributaria y por qué la Dian quiere terminarlas)

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Written by jucebo

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