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Asamblea de propietarios en tiempos de COVID

Por estos días a varios residentes de conjuntos residenciales (propiedad horizontal) les ha llegado una carta desde la administración en la cual se manifiesta la convocatoria a la asamblea anual ordinaria de copropietarios que, por ley, todo conjunto de apartamentos debe convocar.

Este trámite constituye un hábito normal entre los residentes de esta clase de propiedades. Sin embargo, dadas las circunstancias de salud pública actuales, hay quienes se han cuestionado la idoneidad de asistir por el miedo a ser contagiados.

En ese orden de ideas, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Vivienda, lanzó en los últimos días una guía útil para que administradores de conjuntos y propietarios se orienten sobre las formas y protocolos que deben adoptar para cumplir con esta obligación de tipo legal.

Al ser este tema de relevancia para todos, le vamos a ampliar a continuación las directrices del Gobierno para este fin, junto a la explicación de dicho documento por parte del presidente del Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal, Germán Molano.

Otros medios para celebrar la asamblea

Según el experto Germán Molano, la asamblea ordinaria es un requisito legal que no puede dejar de cumplirse. En ese orden de ideas, el propio Molano, consciente de la situación sanitaria por la que atraviesa el país, propone estas dos alternativas:

Conjuntos pequeños y de pocos propietarios:

Puede hacerse presencial o mixta (unos asisten y otros ven la reunión por medios virtuales) siempre y cuando se respete el distanciamiento social y no se propicie una aglomeración (no más de 50 personas en el recinto), tal y como lo recoge la guía emitida por el Ministerio de Vivienda.

Conjuntos grandes y con una gran cuantía de propietarios:

En este caso, el experto señala que lo más recomendable es acudir a la metodología 100% virtual. En este sentido, la guía emitida por el Gobierno sostiene que los administradores del conjunto solo tienen la obligación de proveer la logística necesaria para el encuentro virtual, mas no los medios necesarios para participar en la convocatoria (computador e internet).

“Si no dispone de estas herramientas, lo mejor es delegar un poder para que alguien asista por usted”, recomendó Molano.

Negativas y otros posibles conflictos

La única forma de postergar el encuentro es que la asistencia a la reunión ordinaria convocada no tenga quórum (número mínimo de participantes exigido en el reglamento interno de cada conjunto para la realización de una asamblea). Si los propietarios no desean asistir y no se cumple este requisito, entonces la asamblea deberá ser aplazada.

En caso de que ya le haya tocado ir bajo la modalidad presencial, verifique que el recinto cumpla con todas las medidas de bioseguridad. Si ve desorden o tumulto, lo mejor es se comunique con la Secretaría de Salud de su ciudad o municipio para que la aglomeración sea disuelta, tal y como lo establece la cartilla del Ministerio de Vivienda.

Los tres mandamientos de protección

Mucha ventilación, por favor

Las ventanas del recinto deben estar totalmente abiertas. Ojalá haya más de una. Si llega y las ve cerradas, ábralas sin pena, pues una ventilación adecuada previene efectivamente el contagio masivo.

Tapabocas siempre puesto

No se quite la mascarilla durante ningún momento de la reunión. Ni siquiera para hablar por micrófono. Exija que el altavoz esté cubierto de papel protector para evitar acumulación de fluidos.

Lavado de manos

Lave sus manos al ingresar y salir del recinto. En la reunión evite tocarse la cara. Llevar un tarrito de alcohol personal también es útil.

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Written by jucebo

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