Por solicitud de un fiscal de la Unidad del Centro de Atención Integral de Víctimas de Abuso Sexual (CAIVAS), logró que un juez penal de Santander de Quilichao (Cauca), cobijara con medida de aseguramiento a una pareja, por su presunta responsabilidad en el delito de acto sexual con menor de 14 años agravado.
De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron entre los años 2016 y 2022, cuando presuntamente el padrastro de la hija menor de su compañera sentimental, habría manipulado a la víctima en sus partes íntimas.
En septiembre de 2021, cuando la menor cumplió 11 años de edad, el padrastro continuó con los abusos y en el año 2022, el asegurado habría aprovechado que se quedó solo en la casa y accedió carnalmente a la menor
Entre tanto, las investigaciones permitieron evidenciar que la madre al parecer conocía y permitía tales abusos de su pareja, manifestándole presuntamente a su hija que esas situaciones eran normales y no hizo nada para garantizar su protección.
La pareja fue capturada por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación, CTI, con apoyo de agentes de la Policía de Infancia y Adolescencia, en la vereda El Cabuyal del municipio de Caldono (Cauca), cumpliendo con una orden emitida por un juzgado promiscuo de Totoró (Cauca).
Durante las audiencias concentradas, el juez penal con control de garantías determinó enviar a la cárcel al padrastro, mientras la madre de la menor cumplirá la medida de aseguramiento en lugar de residencia.
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La Fiscalía habla con resultados
JGP/FAGH /GAMM/DSC
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.