Los procesados también habrían participado en un ataque armado a una estación de policía en Nátaga, donde murieron dos uniformados.
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra dos presuntos integrantes del frente Hernando González Acosta, del Bloque Central Isaías Pardo de las disidencias de las Farc, que estarían involucrados en la retención ilegal de una comerciante en zona rural de La Plata, en el occidente de Huila.
Se trata de Consuelo Chacue y José Marino Suns Liz, a quienes una fiscal Gaula les imputó, según su responsabilidad individual, los delitos de concierto para delinquir agravado con fines de secuestro extorsivo; terrorismo, homicidio y reclutamiento ilícito. Cargos que no aceptaron.
De acuerdo con la investigación, el 11 de septiembre de 2024, los procesados habrían llegado, a bordo de un vehículo, hasta la finca de la comerciante, ubicada en la vereda Las Museñas y la habrían obligado a subir al carro con destino a zona rural de San Luis en Páez (Cauca).
Bajo amenazas de muerte, presuntamente estos criminales habían enviado nueve pruebas de supervivencia a los familiares de la víctima, donde exigían el pago de 5 mil millones de pesos, a cambio de no atentar contra su vida. La mujer fue liberada el 10 de octubre, después de que se cancelara una gran suma de dinero.
Los dos judicializados, al parecer, también participaron en el ataque a la estación de policía en Nátaga (Huila) que dejó dos uniformados fallecidos, el 10 de octubre de 2024.
Estas personas fueron capturadas por el Gaula de la Policía Nacional en cumplimiento de una orden judicial, en vía pública de La Plata.
WAGG/LMFO/AMCJ/MLC/JCFJ/DSH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.