La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó que entre el 16 y el 22 de noviembre de 2021, de acuerdo con el último dígito del NIT, podrá realizar el pago del anticipo del 50 % del impuesto de normalización tributaria que deberán liquidar los contribuyentes en 2022.
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Este gravamen quedó determinado por la Ley 2155 de 2021, o Ley de Inversión Social, para los contribuyentes que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes en su información tributaria a 1 de enero de 2022.
(Vea: Recaudo tributario llegó a $130,5 billones a septiembre).
Y la Ley da la oportunidad de subsanar esta situación con una tarifa de 17 % sobre la base gravable.
Asimismo, para esta oportunidad, la Ley contempló la posibilidad del anticipo, que, según explicó Julio Lamprea Fernández, director de Gestión de Impuestos de la Dian, “este nuevo elemento, el pago del anticipo del 50 %, permite que los contribuyentes puedan subsanar su situación tributaria de una manera más fácil”.
La Dian señaló que el contribuyente que realice el pago del anticipo de los activos omitidos representados en moneda extranjera debe utilizar la Tasa Representativa del Mercado (TRM) aplicable al día de entrada en vigencia de la Ley 2155, es decir, del 14 de septiembre de 2021.
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Entre tanto, la declaración, liquidación y pago del impuesto complementario de normalización se podrá llevar a cabo hasta el 28 de febrero de 2022. Además, el valor del anticipo efectivamente pagado se descontará del valor a pagar en la declaración del impuesto.
Frente a la legalización del origen de los activos, Lamprea aclaró que “la normalización tributaria no se traduce en legalización del origen de los activos omitidos en caso de que estos tengan un origen ilícito o estén relacionados con lavado de activos”.
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