Johan Michael García Rojas, alias Gallina, es señalado de tráfico de armas y estupefacientes desde Colombia hacia el estado de Aragua (Venezuela).
La acción articulada de la Fiscalía General de la Nación y la DIJIN de la Policía Nacional permitió conocer información sobre la ubicación de Johan Michael García Rojas, alias Gallina, uno de los señalados máximos cabecillas del grupo delincuencial ‘Tren de Aragua’, que era buscado mediante notificación roja de Interpol en atención a un requerimiento de la justicia de Venezuela que le atribuye tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, asociación para delinquir, tráfico de armas y municiones, y financiamiento al terrorismo.
El ciudadano venezolano fue capturado en un inmueble de Cali (Valle del Cauca). En el procedimiento se incautaron dos teléfonos celulares, una agenda y documentos financieros de interés para las investigaciones.
De acuerdo con el proceso que se sigue por parte de las autoridades de Venezuela, alias Gallina sería el principal proveedor de armas de fuego para la estructura ilegal y el articulador del envío de cargamentos de estupefacientes desde Colombia hasta el estado Aragua (Venezuela).
Adicionalmente, estaría involucrado en tráfico de migrantes a través de vehículos de servicio especial desde zona fronteriza de Norte de Santander hasta Nariño, y su posterior paso a territorio de Ecuador.
Johan Michael García Rojas quedará a disposición de la Fiscalía General de la Nación mientras se surten los trámites legales y diplomáticos para su envío a Venezuela.
Esta información se publica por razones de interés general.
JMSV/JARG/JPF/DECOC
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.