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Comisión especializada de la Fiscalía estableció que no existió abuso sexual por parte de un militar estadounidense contra una menor de edad indígena en Guaviare

Comisión especializada de la Fiscalía estableció que no existió abuso sexual por parte de un militar estadounidense contra una menor de edad indígena en Guaviare

  • Las labores investigativas no detectaron denuncias ni reportes ante las autoridades nacionales y municipales sobre la posible agresión sexual y el bebé que habría dado a luz la víctima.

  • El trabajo en la región continúa para dinamizar los procesos contra los responsables de abusos sexuales contra indígenas. El Fiscal General de la Nación indicó que serán investigados los funcionarios que no tramiten oportunamente o ignoren estos casos.

 

Una comisión de la Fiscalía General de la Nación, conformada por personal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, investigadores, médicos forenses y otros expertos, estableció que no existió el posible abuso sexual por parte de un militar estadounidense contra una niña Nukak Makú.

“Con esta actividad investigativa, no solo en la Fiscalía, sino también en otras entidades que podrían estar involucradas, e incluso con la misma comunidad Nukak, se ha concluido que no se ha encontrado nada, repito, nada sobre el caso al que se hizo referencia…”, enfatizó el Fiscal General.

La supuesta agresión fue divulgada por un medio de comunicación internacional, que también aseguró que la víctima habría dado a luz a un bebé. Ante esto, la Fiscalía realizó varias verificaciones en el hospital departamental, la Registraduría, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), otras entidades del orden nacional y local, y con la misma comunidad indígena.

“Dirigiré una carta al presidente de Univisión para explicarle cada uno de estos temas y el trabajo que hicieron los funcionarios de la Fiscalía General de la Nación, y que se rectifique esa información porque no es veráz”, reveló el Fiscal Barbosa Delgado.

La comisión de la Fiscalía continuará en el departamento y realizará una priorización de los delitos sexuales y otras graves casos de vulneración de los derechos contra las mujeres, niños, niñas y adolescentes.

“En primer lugar vamos a fortalecer, en San José del Guaviare, los actos urgentes con un fiscal e investigadores dedicados exclusivamente a atender este tipo de delitos en los que las víctimas son miembros de la comunidad indígena (…) vamos a fortalecer esto, hay unos problemas con estas comunidades, que son comunidades nómadas (…) es una comunidad particular”, precisó el Fiscal General de la Nación.

Para la práctica de los actos urgentes también se articularán las capacidades de Medicina Legal y los médicos rurales para tener una visión integral; y se harán verificaciones en bares y hoteles, entre otros lugares, para identificar hechos en los que se haya afectado la libertad y formación sexual de indígenas menores de edad.

Las consultas realizadas ante el ICBF dan cuenta de 378 casos de abuso sexual contra integrantes de las comunidades indígenas de Guaviare. Estos datos serán contrastados con los sistemas misionales de la Fiscalía para tener claridad sobre el trámite y celeridad que se les ha dado; y para establecer si las víctimas han recibido atención oportuna e integral.

“Si se demuestra negligencia en la atención de estas víctimas, de estos delitos, por parte de autoridades departamentales, municipales, nacionales y policiales, se iniciarán las investigaciones pertinentes por el posible delito de prevaricato por omisión”, concluyó el Fiscal.

LMFO/JARG/MRC/LFOG/DST/

La Fiscalía habla con resultados.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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Written by jucebo

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