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Condenado soldado que le quitó la vida a pareja sentimental y ocultó el cuerpo en una maleta

En la foto está el rostro del condenado durante las audiencias preliminares realizadas de manera virtual

Luego de avalar el acuerdo judicial entre la Fiscalía General de la Nación y la defensa de Sebastián Villegas Córdoba; un juez de conocimiento de Medellín decidió emitir una condena a 31 años y 3 meses de prisión.

El exmilitar, de 21 años, fue procesado por el delito de feminicidio agravado del que fue víctima su pareja sentimental, de 19 años.

Los hechos ocurrieron el pasado 28 de enero en una vivienda del barrio Doce de Octubre de Medellín. En este lugar las autoridades hallaron el cuerpo de la víctima en una maleta, según el reporte tenía 24 heridas causadas con arma blanca.

Presunto responsable del homicidio de su pareja sentimental de 19 años de edad.

La familia de Villegas Córdoba, quien para entonces prestaba servicio militar obligatorio en el Ejército Nacional, fue la encargada de alertar a las autoridades sobre el crimen. Horas después, el soldado  se presentó voluntariamente a la policía judicial del municipio de Bello (Antioquia) donde se hizo efectiva su captura.

Días después de su aprehensión, Villegas Córdoba intentó fugarse por una de las ventanas de la estación de Policía, donde estaba privado de la libertad, donde cumplía la medida de aseguramiento decretada por el juez de control de garantías.

 

La sentencia quedó en firme.

 

NAMT/MAGA/DA/DSM

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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Written by jucebo

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