Una de las víctimas, de 16 años, falleció por la gravedad de las heridas, en un centro médico.
Las pruebas presentadas por la Fiscalía, permitieron que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva confirmara la sentencia condenatoria, impuesta en primera instancia, contra Willington Joaquí Cuspián y Yordan Fernando Medina Rocha, por su participación en el ataque con arma de fuego a dos hermanos en Palermo (Huila).
Estas personas fueron encontradas responsables de los delitos de homicidio; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios o municiones; hurto calificado; todas estas conductas agravadas, y lesiones personales dolosas.
Cuspián y Medina Rocha fueron condenados por un juez de conocimiento, en noviembre de 2023, a la pena de 40 y 48 años de prisión, respectivamente.
Los hechos ocurrieron el 13 de julio de 2019, cuando dos hermanos, uno de ellos menor de edad, se desplazaban en una motocicleta por la vía que de Palermo conduce a Teruel (Huila).
A la altura del kilómetro 9, fueron abordados por Cuspián y Medina Rocha, quienes, en compañía de otros hombres, les ordenaron detenerse. El menor de edad hizo caso omiso, por esta razón les dispararon en varias ocasiones.
Tras la agresión, los atacantes les hurtaron los elementos de valor que llevaban y huyeron del lugar.
El adolescente, de 16 años, fue llevado hasta un centro médico, donde falleció debido a la gravedad de las heridas.
WAGG/LMFO/AMCJ/NCS/JCFJ/DSH
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.