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Congelar tarifas de algunos peajes en 2023 iría contra la ley: por qué

Congelar tarifas de peajes durante 2023 iría contra la ley: por qué

Después de la polémica desatada por las alzas en las tarifas de los peajes, el Ministerio de Transporte publicó a contra reloj el decreto 50 de 2023 que congela los precios de las tarifas en 113 estaciones de servicio a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y 30 en manos del Instituto Nacional de Vías (Invías), sin embargo, este decreto traería consecuencias en el caso de las concesiones de Iniciativas Privadas (IP).

(Vea: Si viajará por esta época, aliste el bolsillo: los peajes más caros).

El decreto 1082 de 2015, en su Artículo 2.2.2.1.5.1, numeral 6 explica que este tipo de iniciativas, que no requieren de desembolsos de recursos públicos (del Presupuesto General de la Nación, u otros), no podrían en ningún momento solicitar garantías del Estado, lo que sería contrario a lo expedido por el decreto, no permitiendo que a través de recursos públicos se cobijen los dineros faltantes como resultado del congelamiento en los precios.

(Vea: Los detalles del decreto que congela precios de peajes durante 2023).

“Todas las iniciativas privadas que no requieran el desembolso de recursos públicos deberán contar con al menos un mecanismo líquido destinado para la atención de riesgos a cargo de la Entidad Estatal. Dicho mecanismo se fondeará con recursos propios del proyecto, diferentes a los rendimientos, remanentes o excedentes de otras subcuentas, y deberá representar como mínimo el setenta y seis por ciento (76%) de la estimación de la valoración de obligaciones contingentes (…) Este mecanismo será fondeado en los términos que se defina contractualmente, así como su operatividad”, indica la norma.

Además, en el Artículo 2.2.2.1.5.5, estipula que, como es el caso, posterior a la adjudicación del contrato no se podrían presentar nuevas asunciones de riesgo, y sobre todo, no podrán solicitarse responsabilidades adicionales a cabeza del Estado.

En línea con lo anterior, la Ley faculta como alternativa ante estos factores “(i)la ampliación del plazo inicial de conformidad con la ley; (ii) la modificación del alcance del proyecto; (iii) el incremento de peajes y tarifas; (iv) subcuentas para la atención de riesgos y excedentes del patrimonio autónomo”, reseña el parágrafo dos.

Esta situación, al no permitir que las concesiones reciban los recursos, pondría en riesgo la viabilidad de algunos proyectos en construcción, su alcance, cierre financiero, y la retribución de aquellos proyectos finalizados que recuperan su inversión mediante los peajes.

Según expertos consultados por este periódico, estas afectaciones tocarían a siete proyectos de Cuarta Generación: IP- Chirajara – Fundadores; IP- Ampliación Tercer Carril Bogotá – Girardot; IP- Neiva – Espinal – Girardot; IP – Accesos Norte a Bogotá; IP- Vías del Nus; IP-Antioquia – Bolívar e IP- Cambao – Manizales y uno de Quinta Generación: proyecto Barranquilla – Cartagena y Circunvalar de la Prosperidad.

(Vea: ¿Habrá ‘pico y placa’ para las motos en Bogotá? Movilidad se pronunció).

Además, según fuentes consultadas, de permitirse el ingreso de estos recursos y al infringir lo dispuesto por la ley, tendría riesgos inminentes en las obras, desde iniciar un proceso en un Tribunal de Arbitramento hasta la liquidación de algunas obras que podría cobrar varios billones de pesos.

(Vea: Pico y placa solidario: estos son los vehículos que más pagan).

De no recibirse los recursos, los proyectos podrían reestructurarse, transformar su alcance, cambiar la cantidad de peajes a instalar, no lograr su cierre financiero y fracasar.

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Written by jucebo

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