Con un empate a cuatro votos entre sus magistrados, la Sala Plena de la Corte Constitucional no tomó una decisión sobre el futuro constitucional del impuesto al patrimonio, creado en la última reforma tributaria del Gobierno y que aplicaría para los ciudadanos que posean patrimonios que superen los 3.388 millones de pesos.
Respecto a esta medida, contemplada en la reforma, algunas personas decidieron iniciar acciones judiciales, más concretamente, con dos demandas que son sobre las que se esperaba que el alto tribunal se pronunciara.
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En los recursos, los demandantes aseguraron que de prosperar, este será el primer impuesto permanente desde la implementación de la Constitución de 1991. Esto se debe a que las personas tendrán que tributar de forma anual por una pare de su patrimonio, lo que provocaría que, a largo plazo, pueda reducirlo.
Asimismo, afirman que este impuesto iba a acumularse a otros que ya tienen algunos contribuyentes en el país.
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En la Corte, la ponencia le correspondió al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien, junto a sus colegas, discutió si son o no son inconstitucionales los cinco artículos que hablan acerca de este impuesto en la reforma tributaria,
No obstante, la magistratura no llegó a un acuerdo a favor de hacer prosperar o tumbar la iniciativa, pues cuatro magistrados (Ibáñez, Antonio José Lizarazo, Paola Meneses y José Fernando Reyes) votaron a favor de la ponencia, mientras que otros cuatro lo hicieron en contra (Diana Fajardo, Cristina Pardo, Juan Carlos Cortés y Natalia Ángel Cabo).
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Así las cosas, será la conjuez Clara Cecilia Dueñas la que, si acepta el expediente en los próximos días, entrará a zanjar el debate sobre el futuro constitucional de los cinco artículos demandados por los abogados Guillermo Otálora Lozano y Humberto Sierra Porto.
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