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Crece oferta de arriendos temporales turísticos en el Quindío a través de Airbnb

Crece oferta de arriendos temporales turísticos en el Quindío a través de Airbnb

Con el actual crecimiento turístico que tiene el Quindío y las múltiples facilidades de llegar al territorio, ha surgido para este sector un nuevo problema, el arrendamiento de casas y / o apartamentos amoblados por determinado tiempo.

De acuerdo con los resultados del Observatorio de Turismo de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, de mitad de año, en este tipo de alojamiento -apartamento turístico- cada vez es mayor el número de viajeros que llegan a hospedarse como si fueran hoteles, ubicándose para este periodo, en el quinto lugar con el 6.3 % como uno de los preferidos.

Las situación “nos preocupa mucho, pues las personas que llegan a esos hoteles o viviendas turísticas no están generando consumos en el departamento”, señaló Eduardo Mejía, director ejecutivo de Cotelco en el Quindío.

“Una persona que llega, generalmente lo hace con su familia, cocina en ese apartamento, consumen lo que están cocinando, hacen mercado en algún sitio para completar lo que se les está terminando, y se dedican simplemente al apartamento, carro, ir a uno de los parques, uno de los municipios y regresar. Así que los consumos no se están generando como se debe”, añadió Mejía.

En este sentido, se hacen evidentes, según lo manifestó Mejía, varios problemas en cuanto a la formalidad de contratación, ya que no se está generando empleo donde “simplemente el propietario hace un contrato y se lo entrega a la persona que lo está tomando”, y el no pago de impuestos, lo que permite que la economía se reactive.

Para hacer esto viable, las personas realizan el proceso de solicitud en el Registro Nacional de Turismo -RNT, y si cumple con los requisitos como el reglamento de propiedad horizontal, muy posiblemente son “autorizados para hacerlo”.

Sin embargo, con esto se está cometiendo un error. “Pensamos que la formalización es simplemente que yo tenga un RNT, pero no, la formalidad debe ir más allá, tenemos que ser empresarios formales que pagan impuestos, que pagan la contribución parafiscal al turismo que es dada a Fontur y que son recursos con los que se financian proyectos turísticos que generan empleo”, resaltó el director ejecutivo de Cotelco.

Es así que, esta actividad que toma cada vez más fuerza en el Quindío, especialmente en los municipios de Armenia debido a su infraestructura-; Salento, Filandia, Montenegro y La Tebaida, es un error que se cometió desde el Gobierno Nacional cuando se abrió la “posibilidad para trata de formalizar la prestación de los servicios  a través de las plataformas “, puntualizó Mejía.

Pero, ¿cuáles son los requerimientos legales de las viviendas turísticas?

El Decreto 2590 de 2009, establece que se trata de un uso de vivienda por menos de 30 días.

Los elementos que se destacan en la normativa son: el servicio puede ser prestado por una persona natural o jurídica; el inmueble deber ser entregado en tenencia total o parcial; debe entregarse a título oneroso (ambas partes tienen obligaciones y ventajas económicas recíprocas) y por lapsos inferiores a 30 días; la persona que utiliza el servicio no es arrendatario, sino un usuario del servicio de hospedaje; el prestador del servicio, debe cumplir con el Registro Nacional de Turismo; y el Decreto 2119 de noviembre de 2018, estableció obligaciones como llevar el registro hotelero.

Asimismo, es importante tener en cuenta, que para la prestación del servicio dentro de una propiedad horizontal, debe estar establecido en el reglamento, pero si no está autorizado, se sobrentenderá que es prohibido; para destinar el bien para uso de alquiler o vivienda turística, se debe reformar el reglamento de propiedad horizontal.

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Written by jucebo

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