Todo trabajador colombiano tiene la obligación de realizar sus aportes a través de un fondo pensional. En este aspecto y frente a una situación desafortunada, ¿Cuánto plata estaría pagando Colpensiones ante el fallecimiento de uno de sus afiliados?
La empresa anteriormente citada tiene un auxilio funerario, el cual está compuesto por medio de una prestación financiera para la persona que se haga cargo de los gastos fúnebres del pensionado.
En este sentido, la misma será equivalente al último salario de su cotización o la última pensión recibida, según así está remarcado a través del sitio web oficial del Ministerio de Justicia.
En este sentido se aclara que el monto no puede ser inferior a cinco salarios mínimos legales y tampoco superior a 10. Tenga en cuenta que tiene una prescripción aproximada a un año y es un trámite que deberá realizarse a partir de los doce meses siguientes a la muerte del jubilado.
¿Cuál es el procedimiento para cobrar el auxilio de un fallecido de Colpensiones?
1- Deberá solicitar un auxilio funerario y en este sentido Colpensiones verificará si estaba al día con sus obligaciones, el estado de su actividad y además confirmará que se encuentre en la nómina de sus afiliados. También será necesario argumentar que el responsable realizó todos los gastos funerarios.
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2- Luego de la verificación, el responsable deberá ir a las oficinas de Colpensiones para completar el formulario de solicitud de prestaciones económicas, auxilio funerario.
¿Cuáles son los documentos que le piden para cobrar el auxilio por fallecimiento?
1- Identificación original.
2– Registro de civil de defunción del beneficiario con una expedición no mayor a los tres meses.
3– Factura por el concepto de gastos funerarios en compañía de los servicios que le fueron prestados.
4– Certificación de la empresa que le prestó dicho servicio.
5– En caso de que exista deberá agregar el contrato preexequial.
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6– Autorización por parte de los herederos.
7– Completar el formato de cuenta, información clave para saber en qué banco se le enviará el dinero.
8– En caso de que usted sea un tercero autorizado, deberá presentar la carta que determina las facultades específicas con documentación del individuo que la otorga.
Recuerde que en caso de que Colpensiones reconozca este auxilio, este trámite deberá notificarse por medio de un acto administrativo en cualquiera de los puntos de atención que tiene la entidad a lo largo del territorio nacional.