Desde el próximo 12 de agosto y hasta el 24 de octubre de 2024 estará vigente en Colombia la temporada de vencimientos de la declaración de renta para personas naturales, según los dos últimos dígitos de su cédula o NIT.
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Una vez terminada la fecha límite para la presentación de esta obligación, los contribuyentes que incumplan con este trámite se verán expuestos a sanciones económicas, dispuestas en el Estatuto Tributario.
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Según la norma, quienes se pasen de la fecha para declarar “deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al 5 % del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del ciento por ciento del impuesto o retención, según el caso”.
Declaración de renta
Diego Caucayo / Portafolio
La norma estipula, además, que si la persona no registra ingresos en el periodo declarado, “la sanción por cada mes o fracción de mes será del 1 % del patrimonio líquido del año inmediatamente anterior, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar 10 % al mismo, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de 2.500 UVT cuando no existiere saldo a favor”.
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Recuerde que para ahorrar dinero en el pago de la declaración, usted debería cumplir alguno de los siguientes requisitos: tener medicina prepagada, haber pagado Icetex, haber hecho donaciones, tener a cargo hijos menores de edad o que estén estudiando, tener a cargo hijos mayores de 23 años con alguna condición de salud especial. Todas estas serían las causales que le permitirían acceder a un descuento.
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