Mediante auto del 14 de noviembre de 2024, la Sección Primera del Consejo de Estado declaró infundada la recusación formulada por el señor Arnold Alexander Rincón López en contra de los Consejeros de Estado de la Sección Quinta, dentro del proceso de nulidad electoral como director de Codechocó, que dicha dependencia le sigue al demandante.
“ESTARSE a lo resuelto en el auto del 19 de septiembre de 2024, en relación con la recusación interpuesta por escrito del 1 de octubre de 2024 por el señor Arnold Alexander Rincón López, por las causales previstas en los numerales 2 y 12 del artículo 141 del Código General del Proceso, contra los Consejeros de Estado de la Sección Quinta; Omar Joaquín Barreto Suárez, Luis Alberto Álvarez Parra, Gloria María Gómez Montoya y Pedro Pablo Vanegas Gil, atendiendo los motivos explicados en precedencia” reza la decisión.
Rincón López presentó ese nuevo escrito de recusación contra los Consejeros que integran la Sección Quinta de la Corporación, con sustento en los mismos fundamentos de la recusación que él mismo ya había presentado con anterioridad, y que fue decidida por la Sala de la Sección Primera en la decisión del 19 de septiembre de 2024.
El demandante invocó la recusación en las causales previstas en los numerales 2 y 12 del artículo 141 del Código General del Proceso, las cuales estimó configuradas por el hecho de una publicación efectuada el 21 de agosto de 2024 en la red social Facebook, en la que se decía que el fallo estaría en contra del director de Codechocó.
El expediente regresó a la Sección Quinta para continuar con el proceso de nulidad.
Información de cortesía – YC Noticias.