Mientras en 10 días hábiles el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca define qué pasará, el decreto sobre el que estaban dialogando Alcaldía y manifestantes, sigue vigente.
Noticias Cali.
El Despacho 11 del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca revivió el Decreto 304 de mayo del 2021 con el que la Alcaldía reconocía a la Unión de Resistencias Cali como movimiento autónomo, no le exigió desbloqueos y le brindó garantías para continuar las mesas de diálogo, y que había sido suspendido por el Juzgado 16 en Cali tras una tutela de la abogada María del Mar Machado.
La primera demanda
El Auto 603 que emitió el Juzgado 16 Administrativo Oral de Cali, fue tras la acción contra el Distrito por parte de la abogada María del Mar Machado Jiménez, a quien además en este auto, se le reconoce con personería.
El documento de la Jueza Lorena Martínez Jaramillo, no cuestiona el reconocimiento del movimiento de protesta como tal, sino las llamadas ‘garantías’ para seguir con el diálogo.
Entre ellas, que el Esmad no pueda intervenir.
Según Machado, hay un argumento legal, jurídico para accionar contra el decreto que firmó el alcalde Jorge Iván Ospina.
Machado calificó que ese decreto “va en contra vía de la orden presidencial para abordar la crisis”.
El Decreto 0304 del 31 de mayo de 2021 establecido entre la Alcaldía de Cali y dicho movimiento, se establece que para continuar diálogos se crea una Comisión de Derechos Humanos que verifique las detenciones que puedan ocurrir, las que ya se han registrado.
El documento: Decreto 0304 del 31 de mayo de 2021
Esa creación de esa comisión, según la jueza Martínez, viola competencias.
En ese documento de 30 páginas, se exponen las razones por las que el alcalde habría ‘violado’, competencias.
El auto
Señala el Auto No. 603 que: “Lo que pretende regular el decreto enjuiciado, ya está reglamentado por el Congreso de la República a través del Código Penal, Código de
Procedimiento Penal y del Código de Policía, donde ya se establecieron las conductas a seguir por parte de la fuerza pública y agentes investigadores en caso de encontrarse frente a la comisión de conductas que atenten contra el orden público, así como su legitimación para restringirlos de manera proporcionada y razonable, para garantizar los derechos de las personas, y además para mantener la seguridad y la tranquilidad de la población. Configurándose la causal de falta de competencia alegada”.
Sobre la medida cautelar finaliza señalando que “este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12”.
Esta era la orden de suspensión del decreto de la Alcaldía Distrital de Cali.
Auto No. 603 Juzgado 16 en Cali medida cautelar sobre Decreto que reconoce a la Unión de Resistencias en Cali como movimiento para diálogos
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Al alcalde anunció la semana pasada, que acata la decisión. P
Había pedido seguir la voluntad de diálogo por parte de manifestantes y que la ciudadanía apoye los acercamientos.
La tutela de las Resistencias
Este lunes 21 de junio se conoció la decisión del Tribunal Administrativo del Valle, que revivió el decreto.
La decisión fue el 18 de junio, por el Despacho 11.
Esta vez el demandante es el abogado Armando Palau Aldana, en representación judicial de personas que se manifiestan a través de la “Unión de Resistencias Cali”.
Palau le informó a TuBarco, que formuló la acción de tutela contra del Juzgado Dieciséis Administrativo del Circuito, invocando derechos fundamentales.
“Los derechos fundamentales a la vida, integridad personal, debido proceso, libertad de opinión y derecho a la protesta”, señala la decisión.
Además, a la URC Cali no se le notificó de la medida.
La tutela fue admitida, se ordenó vincular a la abogada Machado y al alcalde Jorge Iván Ospina, en “calidad de terceros interesados”.
También “por ser partes en el juicio ordinario de nulidad”.
Y se ordenó: “Suspender de manera inmediatamente y hasta que se profiera sentencia en esta acción de tutela, la medida cautelar de urgencia que adoptó el Juzgado Dieciséis
Administrativo de Cali dentro del proceso con medio de control de nulidad
radicado 76001-33-33-016-2021-00111-00”. Es decir, que el Decreto 0304 sigue vigente.
La entidad accionada tenía dos días para presentar el informe de los hechos “que fundamentan la presente acción de tutela y aporten las pruebas que pretenda hacer valer”.
El abogado Palau, fue reconocido como el apoderado judicial, en este caso de las Resistencias.
Esta es la decisión del Despacho 11 del Tribunal Administrativo del Valle: Despacho 11 Tribunal Administrativo del Valle acciona en favor de la URC Cali
La Unión de Resistencias Cali, informó que no habrá movilizaciones ni tomas de puntos en la ciudad este #21J. Si mantienen el paro, pero en las zonas donde tienen sus bloqueos fijos.
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