En dos casos aislados, en Inírida (Guainía), y en Mitú (Vaupés), la Fiscalía logró medidas carcelarias contra dos hombres, quienes, al parecer, cometieron delitos de connotación sexual, contra dos menores de 14 años.
El primero de ellos se conoció gracias a la denuncia de un tío de la víctima, donde un fiscal de la Seccional Guainía – Vaupés, inició las investigaciones que permitieron establecer que el padrastro de una menor de edad, al parecer, la abusó sexualmente entre 2010 y 2018.
Producto de dichos abusos, la víctima dio a luz a una bebé en 2015, cuando la joven logró huir de su vivienda, corroboró las denuncias hechas por su tío ante la Fiscalía.
El pasado 4 de febrero la policía hizo efectiva la orden de captura en contra del hombre de 65 años y la Fiscalía lo imputó por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado. El capturado, que no aceptó los cargos endilgados, por orden del juez deberá ser recluido en un centro carcelario.
En el segundo caso, los hechos habrían ocurrido entre agosto y septiembre del 2022, en zona rural del municipio de Carurú (Vaupés), donde el presunto agresor, quien es el tío político de la víctima, le practicó tocamientos de tipo sexual y la habría accedido carnalmente, la menor le comentó a su progenitora y fue cuando se conoció la denunica.
El presunto responsable fue imputado por la Fiscalía por los delitos de Acceso carnal abusivo con menor de catorce años en concurso con Actos sexuales agravado. El capturado no aceptó los cargos, no obstante, fue enviado a la cárcel por solicitud del ente acusador.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
LAZL/FAGH/LFRR/DSGV/
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.