La Corte Suprema de Justicia indicó como improcedente el fallo de tutela que declaraba al Valle de Cocora como sujeto de derechos.
El pasado 18 de noviembre de 2020, el alto tribunal acogido la sentencia que determinaba el Valle de Cocora como sujeto de derechos. Lo anterior implicaba que todas las entidades públicas que representan el Estado colombiano, están llamadas y obligadas a realizar todas las acciones y tareas que permitan garantizar su protección, conservación, mantenimiento y resguardo y regular frente al número de turistas y visitantes que puedan ingresar a dicho espacio natural al mismo tiempo.
Sin embargo, la nueva decisión de la Corte Suprema fue revocar el fallo y declararlo improcedente. Esta es una calificación negativa por la que se rechaza la demanda al carecer de requisitos de fondo mínimos que tienen que ver con los presupuestos procesales y las condiciones de la acción.
De igual manera, el alto tribunal llamó a exhortar a la Alcaldía de Salento, Gobernación del Quindío y la CRQ para que en coordinación con las demás autoridades del Sistema Nacional Ambiental y con inclusión del accionante y de todos los habitantes del municipio, la Procuraduría Ambiental de Amenia y la CCAQ continúen con la mesa de trabajo para que establezcan estudio técnico de capacidad de carga ambiental del Valle de Cocora, su implementación y ejecución.
Por otro lado, el concejal Jaime Hernán Arias García, quien es el líder ambientalista y ha promovido la tutela indicó que la decisión es un retroceso a los derechos de la naturaleza. Manifestó además que continuará con acciones para que pronto llegue la protección que necesita el Valle de Cocora en el municipio de Salento.