Equidad horizontal, simplificación del Estatuto Tributario, equidad vertical y zonas francas, entre otros, son algunos de los conceptos que están incluidos en el proyecto de reforma tributaria y que quizás muchos desconocen.
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Estos principios son claves pues en ellos se condensan los pilares de la iniciativa.
Carol Marcela Albernia Díaz, docente de la Dirección de Contaduría Virtualidad de la Universidad ECCI, preparó un glosario para explicar estos conceptos y otros puntos polémicos del proyecto, que ya fue radicado ante el Congreso de la República y con el que el Gobierno Nacional espera recaudar unos 25 billones de pesos al año.
Estos son los conceptos principales:
-Impuesto verde al petróleo, oro y carbón. El sector minero es uno de los impactados porque se le cobrará tasa al oro, carbón y petróleo, impuesto se le aplicará a las exportaciones, medida de control progresivo para las entidades financieras con el formulario 10.
-Ganancias ocasionales. Para los seguros y herencias, la reforma tributaria quiere impostar tributos porque entre más tiene, más se debe pagar; esto va de la mano con la creación permanente del impuesto al patrimonio, porque aumenta el recaudo como equivalencia con capitales elevados.
-La equidad horizontal. Esto aplica para las personas naturales e impulsa a la igualdad en el tratamiento tributario de la renta líquida, pues elimina los beneficios que favorecen a las capas de mayores ingresos, aplicando el principio de progresividad.
-La equidad vertical. Disminuye los topes nominales globales de rentas exentas. Se considera positiva porque la exención es menor, ya que al bajar el tope hace que pague más el que tiene aumento progresivo. Su incidencia se da en que las rentas brutas sean mayores a 10.000.000 UVT mensuales, también entran las pensiones porque bajan de 12.000 UVT a 1.790 UVT, considerándose un aporte significativo para los mayores de 57 y 62 años respectivamente, es decir los pensionados.
– Simplificación del Estatuto Tributario. Es un principio complejo porque contiene muchas disposiciones, tipos y subtemas. Su disminución posee prácticas que pueden aumentar el recaudo, reconociendo las diferencias de cada tipo de ingreso. Esto modifica el cálculo del impuesto a la renta de las personas naturales, porque a medida que el patrimonio sea mayor, paga de manera progresiva los que tengan un aumento de capital.
-Zonas francas. La aplicación del tributo será demostrativo porque se va a controlar estrictamente que su uso sea del 100% benéfico para las importaciones y exportaciones colombianas, en materia de tributación.
-Sobretasa de las entidades financieraS. Se considera un aporte positivo porque la tarifa efectiva de tributación de este sector es muy baja en comparación con la rama productiva.
(Tributaria vs. colombianos: los efectos del proyecto en los hogares).
La docente de la Universidad ECCI explicó, además, que dentro de los estímulos que se tienen para los colombianos está el impuesto a las bebidas azucaradas y a los alimentos ultraprocesados. Esto, según dice, podría generar un impacto sobre la inflación por el aumento a los precios y el consumo, pero a largo plazo es benéfico porque reduce esos consumos, favorece la salud pública, reduciendo las tasas de diabetes, hipertensión y enfermedades coronarias.
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