Dos de los investigados tienen varias sentencias por la misma conducta delictiva.
De acuerdo con el compromiso adquirido por la Fiscal General de la Nación (E), Martha Janeth Mancera, de esclarecer los delitos que afectan el patrimonio económico, la Fiscalía General de la Nación apeló ante la segunda instancia la decisión del Juzgado 1 Promiscuo Municipal de Rionegro (Antioquia), con funciones de control de garantías, en la que impuso medida de aseguramiento de carácter domiciliario a Duván Alberto Arango Acevedo, Juan Pablo Monsalve Londoño y Andrés Felipe Gutiérrez Balbín, investigados por el delito de hurto calificado y agravado consumado.
Los procesados fueron capturados en flagrancia por la Policía Nacional en el corregimiento San Antonio de Pereira del municipio de Rionegro, (Antioquia), el pasado 24 de febrero, cuando, al parecer, huían después de amenazar y hurtarle a un comerciante más de 58 millones de pesos colombianos: 361 dólares americanos; 100 pesos mexicanos y 1000 colones costarricenses.
Durante la diligencia judicial las autoridades incautaron una arma de letalidad reducida e inmovilizaron un vehículo.
Al sustentar el recurso de apelación la Fiscalía le recordó a la judicatura que Arango Acevedo tiene 5 sentencias condenatorias por hurto, mientras que Monsalve Londoño registra 2 condenas por el mismo punible y otra por el delito de porte ilegal de armas de fuego de uso privativo de las Fuerzas Militares.
Ninguno de los 3 procesados se allanó a los cargos imputados.
La Fiscalía habla con resultados
LFML/MG/RVC/DSPB/DSA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.