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Fiscalía presentó acusación contra seis concejales de Coveñas por elección del personero

Fiscalía presentó acusación contra seis concejales de Coveñas por elección del personero

El Juzgado Segundo del circuito de Sincelejo recibió por parte de la Fiscalía 22 de Delitos contra la Administración pública el escrito de acusación contra seis concejales de Coveñas por el delito de previricato por acción por presunta irregularidades en la elección del personero 2020-2024.

Los señalados por el ente acusador son Kevin Zubiría, presidente del Concejo; Saddan Feria Mercado (Centro Democrático), Zoraida Márquez (Partido de la U), Carlos Morales (Conservador), Alicia Muente (Liberal) y Javier Nuñez (ASI).

Como se recordará estos fueron capturados por miembros del Gaula del CTI en septiembre de 2020, pero el juez primero promiscuo de Tolú con funciones de control de garantías los dejó en libertad.

El juez se abstuvo de imponer la medida de aseguramiento contra los concejales bajo la consideración de que hubo insuficiencia investigativa por parte del ente acusador.

Proceso que se encuentra en segunda instancia luego que la Fiscalía apeló la decisión del juez anterior. Ahora el Juzgado Segundo del circuito de Sincelejo deberá fijar la fecha para efectuar la audiencia de acusación.

El lío por posesión del personero

Los concejales se niegan a posesionar al abogado Carlos Augusto Pestana, como personero a pesar de obtener el primer puesto con un 70% en el puntaje en la lista de elegibles del concurso de méritos para proveer este cargo.

Los aprehendidos incumplieron a la revocatoria de un fallo de tutela del pasado mes de junio dictado por el Juzgado Cuarto Civil de Sincelejo, proferido inicialmente en este asunto por el Juzgado Promiscuo Municipal de Coveñas-Sucre, el 30 de abril de 2020, y en su lugar conceder el amparo transitorio de los derechos fundamentales a la confianza legítima, buena fe, debido proceso, derecho al acceso de cargos públicos por mérito y la igualdad.

La judicatura ordenó al Consejo Municipal de Coveñas, que en el término de 48 horas contados a partir de la notificación del presente fallo, procedieran a suspender temporalmente los efectos jurídicos de la Resolución N° 038 del 27 de febrero de 2020 expedida por dicha corporación, hasta tanto se garantice a Carlos Augusto Pestana que las acciones judiciales de cumplimiento y de simple nulidad con solicitud de medida provisional, presentados ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo de este distrito judicial.

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Written by jucebo

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