Por petición de la Fiscalía dos jueces de la República, en procesos independientes, aseguraron a dos hombres presuntamente responsables de incurrir en delitos de fabricación, tráfico o tenencia de arma de fuego; y fabricación, tráfico o porte de estupefacientes.
La primera decisión cobijó a Julián Andrés Guzmán Garzón, capturado durante una diligencia de allanamiento a una vivienda del barrio España de Cartagena.
Durante el operativo realizado por la Policía Nacional al procesado le fueron incautados; un revólver y seis cartuchos calibre 38; además de más de 30 bolsas plásticas que contenían cocaína, dos con marihuana, cuatro con bazuco; y 172 frascos de popper.
Guzmán Garzón negó su responsabilidad frente a los cargos que por fabricación, tráfico o tenencia de arma de fuego y fabricación, tráfico o porte de estupefacientes le imputó la Fiscalía.
Por disposición del juez esta persona deberá cumplir la medida de aseguramiento en un centro carcelario de La Heroica.
En un segundo hecho, un fiscal seccional de Arjona (Bolívar) judicializó a Dairo Luis Barrios Ospino, detenido por la Policía Nacional el 21 de septiembre en el barrio Sueños de Libertad de ese municipio. En su poder las autoridades encontraron un arma respecto de la cual no tenía el permiso oficial para su porte.
Durante las audiencias preliminares Barrios Ospino aceptó su responsabilidad en el delito de fabricación, tráfico o tenencia de arma de fuego imputado por el fiscal del caso. Por disposición del juez la medida de aseguramiento la deberá cumplir en su lugar de domicilio.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
MEVA/MAGA/LEO/RA/DSB
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
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