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Judicializado en Inírida un hombre que habría amenazado y golpeado una mujer con un arma por hurtarle sus pertenencias

El hombre está esposado con sus manos, le da la espalda a la cámara y está protegido por dos miembros de la Policía Nacional.

Un Fiscal de la Seccional Guainía – Vaupés, logró medida carcelaria para un hombre que, al parecer, hurtó varias pertenencias y le produjo una herida a una mujer que estaba con su esposo en el interior de su negocio de venta de comidas rápidas, en la ciudad de Inírida Guainía.

Henry José Linares Rondón, fue reconocido por una de sus víctimas y fue judicializado por los delitos de hurto calificado y agravado, cargos que aceptó ante el juez.

El hecho investigado ocurrió el pasado 24 de agosto del 2022 en el barrio Los Libertadores de la capital del Guainía, cuando las dos personas atendían su negocio, fueron víctimas de Henry José Linares Rondón, quien de manera violenta ingresó al establecimiento portando un arma de fuego y intimidándolos, como la mujer no accedió a entregar sus pertenencias, el presunto ladrón la agredió, no obstante, logró llevarse dos celulares y dinero en efectivo.

Un Fiscal lo impute por los delitos de hurto calificado y agravado, y ante la contundencia de los elementos materiales probatorios, Linares Rondón no tuvo otra posibilidad que aceptar los cargos endilgados por el ente acusador.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

LAZL/EDITOR/FISCAL/DSGV/

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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Written by jucebo

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