La Fiscalía General de la Nación judicializó a cuatro señalados integrantes del grupo delincuencial denominado Los Rizados, que estarían involucrados en tres casos de hurto, en modalidad de fleteo, registrados en Cartago (Valle del Cauca).
Un fiscal seccional les imputó el delito de hurto calificado y agravado, cargo que no fue aceptado. Se trata de Jhoan Alexis Mira Ochoa, Carlos Mario Mejía Vargas y William Esteban Barrios Arroyo a quienes les fue impuesta medida de aseguramiento en establecimiento carcelario, por su parte a Diego Gómez Suárez en lugar de residencia.
De acuerdo con la investigación, se les atribuye su posible participación en tres hechos, en los que las víctimas fueron asaltadas cuando retiraban altas sumas de dinero. Las personas eran vigiladas y después perseguidas para robarlas.
Cada uno de los integrantes de ‘Los Rizados’ cumpliría una tarea en los bancos, allí se hacían pasar clientes para señalar a los ciudadanos. Uno de los casos investigados fue el de una ciudadana que llegó a un banco a retirar 8 millones de pesos, en la entidad financiera fue ‘marcada’ y cuando salió del lugar la habrían perseguido en una motocicleta para hurtarla.
Los presuntos integrantes de la estructura criminal, la amenazaron con armas de fuego y le arrebataron el bolso con el dinero.
Los cuatro hombres fueron capturados por uniformados de la Policía Nacional en Medellín y Yolombó (Antioquia), cumpliendo órdenes emitidas por un juzgado penal de Cartago.
JGPV/AICR/DSV/AMCJ/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.