Bajo la garantía de protección de los derechos colectivos a la defensa del patrimonio público de los ciudadanos de Inírida (Guainía), un juzgado del circuito de Villavicencio admitió la demanda de acción popular radicada por la Defensoría del Pueblo, a través de su Regional Guainía.
Igualmente, fue notificado aviso emplazatorio (ubicar a alguien para que se presente ante un juez y responda por un proceso al que está vinculado) contra el municipio, el Centro de Desarrollo Ambiental Regional del Guainía, la Empresa Departamental de Servicios Públicos del Guainía SAS-ESP (Escalar) y la Empresa de Administración Pública Cooperativa Aguas del Guainía APC, con el fin de que sean protegidos los derechos al acceso a los servicios públicos y a una prestación eficiente y oportuna.
Asímismo, al derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente y a tener una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública y el derecho al medioambiente sano, previstos en el artículo 4.° de la Ley 472 de 1998 y considerados presuntamente vulnerados debido a las malas condiciones de infraestructura del alcantarillado del municipio.