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La Fiscalía contrarresta el accionar delictivo de dos personas que estarían implicadas en un secuestro extorsivo

Los dos capturados se encuentran de frente y custodiados por un servidor del Cuerpo Técnico de Investigación CTI, dos uniformados del Gaula de la Policía y uno del Ejército. Detrás se observa un backing de la Policía y Ejército Nacional.

Por solicitud de un fiscal especializado ante el Gaula de la Seccional Putumayo, un juez de control de garantías de Puerto Asís, impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Carlos Hernán Arias Torres y Luis Gonzalo Sabogal Zambrano, presuntos responsables del delito de secuestro extorsivo, cargo que no aceptaron.

Los procesados se habrían hecho pasar por integrantes de un grupo de delincuencia común organizado para secuestrar a un contratista.

Los hechos investigados ocurrieron el 19 de octubre de 2023 en la vereda Santa Ana del referido municipio, donde los procesados se habrían hecho pasar por integrantes de un grupo de delincuencia común organizado para secuestrar a un contratista.

Labores de policía judicial evidenciaron que los procesados, al parecer, realizaron video llamadas a una hermana de la víctima. En las imágenes se veía a un hombre armado vistiendo prendas de uso militar. Arias Torres y Sabogal Zambrano habrían exigido el pago de 150 millones de pesos para dejar en libertad al plagiado.

Servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), en articulación con el Gaula del Ejército y Policía Nacional, capturaron a las dos personas el 29 de octubre en Puerto Asís.

La Fiscalía avanza en las acciones para recuperar la seguridad en esta parte del sur del país.

WAGG/MAGA/JAJ/AR/DSP

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.

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Written by jucebo

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