De aprobarse en el Congreso tal y como está, el Plan le daría al Presidente una serie de facultades extraordinarias por seis meses, contados a partir de la fecha de publicación de la ley.
(Lea: Hogares tendrán que reportar sus ingresos, según el Plan de Desarrollo).
Gustavo Petro podría directamente crear, escindir, fusionar, suprimir, integrar o modificar la naturaleza jurídica de entidades de la Rama Ejecutiva; así como modificar sus objetivos, funciones, estructura orgánica y régimen jurídico.
También tendría facultades para intervenir el hospital San Juan de Dios de Bogotá, modificar los programas Familias y Jóvenes en Acción o regular los usos alternativos de la planta de coca, del cannabis y los fines medicinales, terapéuticos y científicos de sustancias psicoactivas.
Las facultades que ya no tendrá
A pesar de que en el borrador del Plan que se conoció la semana pasada venían más facultades finalmente no todas aparecieron en el proyecto final.
(Además: Economía popular, la protagonista del Plan Nacional de Desarrollo).
Por el camino se cayeron algunas como la crear o liquidar empresas del sector eléctrico o para modificar la Superintendencia de Sociedades y la de Industria y Comercio.
Tampoco ya tendrá facultades extraordinarias para crear la Agencia Nacional de Seguridad Digital o crear una entidad pública cuyo objetivo principal es el fomento de la construcción, mejoramiento y conservación de caminos vecinales o de carácter regional.
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