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Leyes que protegen a la mujer y tal vez no las conoce

Leyes que protegen a la mujer y tal vez no las conoce

El género es una representación, lo que no quiere decir que no tenga implicaciones concretas o reales, tanto sociales como subjetivas, para la vida material de los individuos. En consecuencia, las mujeres a diario viven situaciones en coyunturas particulares o no, calificadas como ‘cotidianas’ o ‘normales’ que pasan desapercibidas y la vida transcurre con normalidad.

Protegidas
El acceso igualitario a la justicia y al empoderamiento legal son bienes y componentes fundamentales del desarrollo inclusivo, el desempeño de las políticas públicas y el Estado de derecho, como lo subraya la Agenda de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible.

María Camila Guzmán Chala, historiadora y educadora, Magíster en Estudios Culturales licenciada en Etnoeducación y Desarrollo Comunitario, expresa que en Colombia, gracias a los movimientos que por décadas las mujeres han desarrollado a nivel nacional, ha apalancado discusiones a la agenda pública y política del país y eso ha contribuido al logro de la normatividad que protege los derechos de las mujeres.

“Eso advierte una necesidad de cambiar el paradigma social y cultural que lleva a que persistan ciertas prácticas de violencia machistas que nos afecta a las mujeres, a los hombres y a las infancias, todo el tema del marco legal, es necesario, para que las mujeres reconozcamos cómo nos podemos amparar y cuales son los mecanismos a los que podemos apelar”.

Es necesario que se creen medidas para difundir información, llevarla a escuelas, a comunidades a juntas de acción comunal de los barrios, de esta manera se socialice más y genera una transición en el pensamiento y los imaginarios, aplicar programas para sensibilizar y formar a los funcionarios que laboran en las instituciones de protección y que se supone deben aplicar estas leyes.

La educadora explica “el tema de mujer siempre ha estado ligado al de género, es dar lugar a pensarse el tema de las diversidades sexuales, desde el enfoque de género se necesitan una acciones afirmativas y unas condiciones diferenciales a la hora de estar con una mujer u hombre trabajador. En el lugar de trabajo a veces se les violenta por el hecho de ser mujer, dentro de las instituciones deben existir rutas y protocolos para que atiendan y presten atención frente al acoso”.

Se ha mejorado frente a unas condiciones de igualdad, pero siguen faltando muchas garantías para que haya una equidad real y espacios seguros en lo público como en lo privado que sería el espacio de las familias en los hogares.

En Colombia
Guzmán socializa algunas de las leyes más importantes que amparan a la mujer.

Ley 1098 de 2006
Expresa que se entiende por perspectiva de género el reconocimiento de diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad y el rol que desempeñan en la familia y el grupo social. Esta perspectiva se debe tener en cuenta en la aplicación en todos los ámbitos en donde se desenvuelven los niños, niñas y los adolescentes para alcanzar la equidad.

Ley 599 de 2000
Quien realice acceso carnal con otra persona mediante violencia, incurrirá en prisión 12 a 20 años y en su artículo 206 determina que se incurrirá en prisión hasta 16 años cuando se realice en otra persona acto sexual diverso al acceso carnal mediante violencia.

Ley 1719 de 2014
Se modifican algunos de los artículos de las leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y se adoptan medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual con ocasión del conflicto armado.

Ley 1639 de 2013
Fortalece las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido, álcalis o sustancias similares o corrosivas que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano.

Ley 1542 de 2012
Garantizar la protección y diligencia de las autoridades en la investigación de los presuntos delitos de violencia contra la mujer y eliminar el carácter de los delitos de violencia intrafamiliar e inasistencia alimentaria.

Ley 1257 de 2008
Normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia o discriminación contra las mujeres, reforma los códigos penales para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar.

Se entregará la distinción “Mujer Risaralda”

Por segunda vez, se exaltarán las capacidades y el talento de las risaraldenses, por esta razón hasta el 23 de este mes se podrán postular mujeres destacadas en distintas áreas.
Se espera premiar a 12 mujeres para resaltar el potencial de muchas mujeres, que desde diferentes roles inspiran a sus comunidades a seguir avanzando en equidad. Esas heroínas anónimas que con su trabajo enseñan, cuidan, crean, demuestran, cultivan y generan empleo, la invitación es a participar y postular a quien consideren merecer este importante reconocimiento.

Condiciones para la postulación

Las candidatas podrán ser postuladas por cualquier ciudadano y/u organización.
– Cada ciudadano, grupo de personas o comunidad específica, podrá postular sólo una candidata.
– Debe residir en el departamento de Risaralda.
– Las mujeres candidatas pueden ser de cualquier edad, condición socioeconómica, académica y religiosa.
– Que hayan liderado procesos que beneficien a sus comunidades y hayan empoderado a su género.
– En la postulación se deberán incluir los logros, con base en la distinción que se quiere alcanzar, (documentos, fotografías, videos, testimonios).
– Cada candidata deberá presentar certificado de vecindad, fotocopia del documento de identidad.
– Si la mujer postulada es menor de edad, deberá adjuntar autorización firmada por parte del acudiente.
La premiación se realizará el jueves 30 de marzo. Acuda a la entidad departamental para más información.

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Written by jucebo

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