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Los cambios que vendrán para los trabajadores con la aprobación de la reforma laboral

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El proyecto de reforma laboral logró pasar su primer debate de cuatro en el Congreso antes del fin de la actual legislatura. El proyecto plantea una serie de cambios para los trabajadores, respecto al esquema actual.

En total quedaron aprobados 81 artículos y se eliminaron 23 que desarrollaban la propuesta de derecho colectivo. Conozca cómo le afectarán:

1. La jornada nocturna que en el presente comienza a las 9:00 p.m., pero de aprobarse la reforma se empezaría a contabilizar desde las 7:00 p.m., haciendo que los trabajadores ganen dos horas. Las empresas deberán pagar un recargo a las personas que trabajen después de esta hora.

(Puede leer: Paso a paso para calcular su liquidación, según su salario y el tiempo laborado).

2. El trabajo en el día de descanso obligatorio o los días de fiesta se remunerarían con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas trabajadas. Hoy día este monto es del 75 %. Su implementación sería gradual de la siguiente manera:

– A partir de julio de 2024, se incrementaría el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o de fiesta a 80 %.

– A partir de julio de 2025, el incremento sería de 90 %.

– A partir de julio de 2026, se dará plena aplicación al recargo.

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3. El contrato de trabajo a término fijo podría celebrarse por un término de cuatro años, pero si se extiende se entenderá que es indefinido. De este modo, se acabaría con la prórroga indefinida que en la actualidad existe en ese tipo de contratos.

(Más: ¿Un trabajador que cobra al día tiene derecho a una indemnización por despido?).

4. Se aumentó la indemnización por despido sin justa causa.

_ En contratos a término fijo o por obra o labor mínimo será de 30 días (no de 15 como funciona actualmente).

– En los contratos a término indefinido será: si la persona trabajó menos de un año le pagarán 45 días.

– Si trabajó entre uno y cinco años, le pagan 15 días por año trabajado (sobre los 45 del primer año).

– Si fue entre 5 y 10 años, serán 20 días por cada año (sobre los 45 del primero).

– Si la persona trabajó más de 10 años. Le pagan 40 días por cada año (sobre los 45 del primero).

5. El texto plantea medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo. Se buscará proteger a todas las personas sin importar su forma de vinculación (pasantes, contratistas, voluntarios, personas que buscan trabajo…).

(Además: ¿Lo haría? La exigente rutina de joven que desea jubilarse a los 30 años).

6. La licencia de paternidad subirá de dos a seis semanas. La implementación será gradual. El primer año subirá a tres semanas, el segundo a cuatro semanas y el tercero a seis.

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7. Se podrán acordar jornadas flexibles de trabajo para que los trabajadores puedan cuidar a sus familiares.

8. Con la reforma laboral se formaliza el trabajo doméstico. Se indica que estas personas deberán tener un contrato de trabajo escrito que deberá ser registrado para que las autoridades realicen seguimiento. En la actualidad, se estima que hay 630.000 trabajadoras domésticas, de las que solo el 17 % cotizan a seguridad social: 107.000 frente a 523.000 que no cotizan.

(Le puede interesar: Por qué la Generación X (entre los 40 y 60 años) teme no poder jubilarse nunca).

9. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) vinculará progresivamente a los padres/madres comunitarias y sustitutas para que puedan pertenecer a la planta de personal en calidad de trabajadores oficiales, lo cual les permitirá contar con todos los derechos laborales que por años han reclamado. Colombia cuenta con 69.000 madres comunitarias que atienden a 1,7 millones de niños y niñas en la modalidad comunitaria de la educación inicial.

10. La licencia de maternidad y paternidad en parejas adoptantes del mismo sexo será igual que en las heterosexuales.

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11. El contrato de aprendizaje recupera la condición de laboralidad con el salario al 100 por ciento y la garantía de la seguridad social. En el texto se indica que a los aprendices se les pagará el salario mínimo completo y tendrán derecho a las prestaciones sociales.

12. Las relaciones entre las empresas de plataformas digitales de reparto y los trabajadores podrán ser de carácter dependiente y subordinado o de carácter independiente y autónomo. En el caso de trabajadores independiente, la empresa concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60 por ciento, frente a un 40 por ciento a cargo de la persona trabajadora. Además, se garantizará el cubrimiento en materia de riesgos laborales a cargo exclusivo de la empresa.

13. Con la reforma, se crearía la modalidad de jornal agropecuario para remunerar este tipo de contratos y en ningún caso el diario sería inferior al salario mínimo diario legal vigente o al pactado en convención colectiva sectorial más el tiempo de descanso que no podrá ser inferior al veinte por ciento (20 por ciento) de dicha cuantía y el factor prestacional que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30 por ciento) de dicha cuantía. Comprenderá aquellas actividades permanentes, transitorias, estacionales en virtud de los ciclos productivos o de temporada, continuas o discontinuas.

(Más: ¿La laboral aumenta vacaciones a vigilantes? Esto dice Fedeseguridad al respecto).

14. Se crea el teletrabajo transnacional para que las personas puedan teletrabajar, con todas las garantías, desde cualquier lugar del mundo.

15. La reforma se refiere a las garantías para el ejercicio de la libertad sindical, ampliando los derechos a la participación, el acceso a la información y la protección frente a conductas antisindicales. Además, se regulan los pactos colectivos y se prohíben los contratos sindicales.

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*Con información de EL TIEMPO – ECONOMÍA

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Written by jucebo

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