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Medidas cautelares de la Corte Constitucional protegen el sistema de salud de Colombia

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En días pasados, la Corte Constitucional adoptó medidas cautelares sobre la Unidad de Pago por Capitación (UPC), puesto que en seguimiento a la sentencia T.760 de 2008 se identificó que dentro del sistema de salud colombiano hay deficiencias en los sistemas de información para calcular la UPC, valor con el que se paga una parte la salud de los colombianos.

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Según expuso la Corte, hasta la fecha, no se ha mostrado la suficiencia de la UPC y tampoco se ha evidenciado que esta prima y los presupuestos máximos sean suficientes para financiar el Plan de Beneficios en Salud (PBS).

Portafolio consultó a expertos para analizar las implicaciones de las medidas cautelares, especialmente, sobre el plan que se tiene de financiar con el 5% la UPC los equipos básicos de salud en el territorio colombiano. Esta situación demostró que con las medidas se está protegiendo al sistema “para no agrandar el desfinanciamiento en la salud”.

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Vale la pena recordar que desde meses anteriores los actores del sector, especialmente las EPS, han alertado sobre la insuficiencia de la UPC debido al aumento de los servicios, la longevidad, entre otros factores. Incluso, esta semana la EPS Sura anunció un Plan de Desmonte Progresivo, al que se sometieron por cuenta de los problemas estructurales del sistema, entre ellos, la insuficiencia de estos recursos.

Frente a esto, el director de Así Vamos en Salud y exministro de la cartera, Augusto Galán, detalló que el auto de la Corte tiene dos puntos claves que deben ser abordados, pues, con esto se están dando señales de la necesidad de financiar adecuadamente el sistema de salud.

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En un primer punto, Galán destaca que una de las claves es la parte resolutiva, en la que se detiene la utilización que estaba consignada en las resoluciones del Ministerio de Salud de utilizar el 5% de la UPC para el despliegue de los equipos básicos.

“La Corte ratificó desde unas sentencias que datan del año 2010 relativas con una pretensión que hubo, en ese entonces, de utilizar esos recursos de la UPC con destino a la telemedicina en los territorios más apartados del país y a la transportación vía de helicópteros de pacientes, que esos recursos no podían destinarse a nada distinto que a la prestación de los servicios de salud de el Plan de Beneficios en Salud”, explicó.

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Agregó, que al referenciar estas sentencias y mientras se resuelven las demandas, la Corte está emitiendo una protección a la adecuada financiación del PBS y a la integralidad de la utilización de dichos recursos.

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En se mismo sentido, el presidente del Colegio de Abogados en Derecho Médico, Jesús Albrey González, le explicó a Portafolio que quitarle un 5% a la UPC, para trasladarlo al pago de unos equipos de salud, desnaturaliza la finalidad de esos recursos destinados para las atenciones en salud de la población colombiana.

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“Si el gobierno desea colocar en marcha los equipos básicos de salud, debe hacerlo con recursos diferentes a la UPC, que de por sí ya se encuentra seriamente cuestionada frente a su suficiencia para atender el plan de beneficios en salud con cargo a la UPC, y en vez de aumentarla se pretendía quitarle un 5%”, opinó.

Ahora bien, otro de los puntos claves de este auto radica en el mal cálculo que se ha venido haciendo para la UPC. De acuerdo con Galán, esta insuficiencia reflejada se ha venido evidenciando de tiempo atrás, sin embargo, sugiere que las decisiones de estos organismos gubernamentales infieren en que se necesita una revisión.

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El Gobierno Nacional a lo largo del tiempo no ha explicado adecuadamente las razones por las cuales la UPC del régimen contributivo es mayor que la del régimen subsidiado, cuando los planes de beneficios ya se han igualado. Incluso, la Corte dice que el mismo Gobierno ha señalado que la información para el cálculo no es la más adecuada y que tiene que mejorar, pero no ha terminado de mejorar”, detalló.

De hecho, en el documento emitido por el alto tribunal se destaca que el Gobierno se había “comprometido” a igualar las primas en un 95% y al no hacerlo, se ordenó al Ministerio de Salud adoptar las medidas necesarias y emitir la reglamentación que considerara pertinente para solucionar las deficiencias del sistema de información”.

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Archivo EL TIEMPO

Entre las soluciones detalladas por los expertos para que el sistema de salud empiece a mejorar su deterioro financiero se explica que es necesario que el Gobierno plantee medidas de financiamiento para los equipos básicos con recursos diferentes a los de la UPC.

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Según González, mientras no se delimite una destinación de recursos por fuera de la UPC para estos planes “los equipos no podrán entrar en funcionamiento, dado que es necesario de manera previa la contratación de los mismos, contar con las disponibilidades presupuestales que respaldan su contratación, bien sea en el nivel territorial o nacional”, dijo.

A su turno, Galán apuntó que el sistema de salud tiene que estar bien financiado y de manera sostenible, teniendo en cuenta que hay unas definiciones claras sobre el foco de ejecución de los recursos de la Unidad de Pago por Capitación relacionadas con el Plan de Beneficios.

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“Se necesitan otro tipo de acciones como por ejemplo, los equipos básicos de salud, el fortalecimiento de la atención primaria en los territorios, la financiación del mejoramiento de las condiciones laborales y la distribución adecuada del talento humano en salud en el territorio”, concluyó.

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Written by jucebo

Carlos Mario Zuluaga

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