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¡Ojo, a inscribir su cédula para 2022!

Mientras algunas personalidades de la política ya empiezan a preparar sus campañas para las elecciones al Congreso y la Presidencia, que se celebraran el próximo año, la Registraduría abrió el periodo de registro de votantes, de acuerdo con la Ley Estatutaria 1475 de 2011.

Q’HUBO le cuenta desde ya cuál es el proceso y los requerimientos para que pueda participar de esta fiesta democrática, porque recuerde, el voto es la oportunidad del cambio.

¿Cuál es mi lugar de votación?

Para saber si debe actualizar o registrar su cédula, ingrese a la página de
la Registraduría; solo con su número de cédula podrá hacer la consulta.
Si el puesto de votación es distinto o no aparecen sus datos, entonces debe
hacer el proceso.

¿Cómo me registro?

Debe ir hacia los puntos de la Registraduría en su ciudad o municipio,
los cuales atienden de 8 a. m. a 4 p. m.; allí debe presentar su cédula de ciudadanía amarilla o la digital. Se hará una validación biométrica con su
huella o registro facial. Cuando ya termine el proceso le entregarán
el comprobante de inscripción (formulario E-4).

¿Puedo hacerlo sin cédula?

Es comprensible que por robo o pérdida no tenga su cédula, pero la Registraduría solo permite hacer el trámite o bien con la cédula de
hologramas o la cédula digital, de resto, el trámite no podrá realizarse
con contraseñas, carnés, libreta militar, licencia de conducción, ni denuncias de pérdida de documento.

¿Y quienes viven en otro país?

Los colombianos en el extranjero pueden registrar su cédula en el consulado. En este caso, además de la cédula amarilla o digital, lo
puede hacer con el pasaporte. Ojo, para votar solo se vale la cédula.

¿Se puede hacer el registro virtual?

No, este proceso se hace presencialmente para evitar el fraude electoral.

¿Podrán votar los extranjeros?

No, las personas de otros países que viven en Colombia solo pueden
participar en elecciones locales, como las de Alcaldía.

¿Tiene algún costo el registro?

No, este es un proceso gratuito y personal. Quien cobre, estará
cometiendo un delito.

¿No registrarse es un delito?

No, pero si se registra en una ciudad distinta a la de residencia, viola la
Ley 1864 de 2017, que tiene pena de entre 4 y 9 años de cárcel, además
de multa de 800 salarios mínimos mensuales.

¿Cuándo se recomienda registrar?

Si su cédula fue entregada antes de 1988 y nunca ha votado, es recomendable que valide si tiene puesto de votación; también si cambió de dirección, ciudad o municipio o incluso fuera del país. Otra razón es si quiere cambiar supuesto de votación por uno más cercano a su lugar de
residencia.

¿Hasta cuándo tengo plazo de inscribirme?

Según la normatividad, la Registraduría da un año contado dos meses antes de la jornada electoral, así las cosas, estos son los plazos:

  • Entre el 29 de mayo de 2021 y el 29 de marzo de 2022 para las presidenciales.
  • Del 13 marzo de 2021 al 13 de enero de 2022 las de Congreso.
  • Consejos municipales del 1 de junio y el 30 de agosto de 2021.

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Written by jucebo

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