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Peajes: firman y publican decreto que obliga a congelar tarifas

Peajes en Colombia.

El Gobierno Nacional, liderado por los ministerios de Hacienda y Transporte, hizo oficial la publicación del Decreto 050 del 15 de enero de 2023, documento que permite congelar las tarifas de peajes en el país.

Según el documento, la medida entra en vigor desde el 15 de enero y estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2023.

(Vea: ¡Pilas!: No todos los peajes tendrán congelada el alza en su precio).

El Decreto 050 establece, puntualmente, que no se aumentarán los precios de peajes a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI).

Esto quiere decir que los peajes departamentales sí podrán realizar un alza en su precio acorde al dato de inflación de 2022, que fue de 13,12 %, de acuerdo con el Dane.

También, vale la pena dejar claro que los peajes en vías concesionadas, los cuales los manejan los privados, tampoco podrán aumentar sus tarifas.

«Invías y la ANI deberán aplicar los mecanismos pactados en los correspondientes contratos para el reconocimiento de los ajustes de tarifas de peaje a que haya lugar con ocasión del presente decreto«, se agrega en el documento.

(Vea: Los detalles del decreto que congela precios de peajes durante 2023).

Asimismo, deja claro que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público asignará los recursos conforme a la disponibilidad presupuestal y lo establecido en el Marco Fiscal de Mediano Plazo y Marco de Gasto de Mediano Plazo del Sector Transporte.

Y que les corresponderá al Ministerio de Transporte, el Invías y la ANI desarrollar un plan que permita el restablecimiento de la tarifa en peajes a más tardar el 31 de diciembre del 2024, «con el propósito de normalizar el esquema tarifario estimado para ese momento«.

El Decreto 050 ordena que el Invías deberá «adelantar la planeación financiera y estimará las partidas presupuestales necesarias para garantizar la continuidad de los servicios a su cargo relacionados» con lo dispuesto en el documento.

(Vea: A qué se expone si no paga un peaje: ¿es posible no hacerlo?).

Peajes en Colombia.

Claudia Rubio / EL TIEMPO

A la ANI, por su parte, le dice que deberá atender contingencias que se generen «en los proyectos de concesión o asociaciones público-privadas con los recursos disponibles en la subcuenta infraestructura del Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales, en los términos establecidos en la Ley 448 de 1998 y sus decretos reglamentarios«.

Y, la misma entidad, tendrá que gestionar los aportes para los recursos correspondientes al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales.

(Vea: Los costos que debe tener en cuenta si va a viajar por carretera).

Finalmente, al Mintransporte, junto con Invías y ANI, y con el apoyo del Minhacienda, «deberán analizar e implementar mecanismos alternativos tendientes a reconocer los ajustes de tarifas de peaje a que haya lugar con ocasión del presente decreto y conforme a la normatividad vigente y aplicable«. 

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Written by jucebo

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