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¿‘Persecución’ a Doña Segunda? Qué dice la norma sobre la facturación electrónica

Facturación eléctrónica

Uno de los temas más sonados y comentados en redes sociales la semana pasada fue el cierre temporal del piqueteadero de Doña Segunda, uno de los más populares y tradicionales de Bogotá.

(Lea: Tras cierre temporal, el piqueteadero de Doña Segunda volvió a abrir sus puertas). 

Su cierre, explicó la Dian, obedeció al incumplimiento de las normas de facturación electrónica, pues en un operativo de control, la entidad determinó que el establecimiento no contaba con «las labores de verificación para expedir» la factura por medio magnético.

Pese a que no fue el único local cerrado en el marco de estos operativos de control, ya que otros 19 establecimientos fueron sellados como parte de las inspecciones que se adelantaron en las localidades de Bosa, Mártires, Barrios Unidos, Kennedy, Cedritos y en el Aeropuerto Internacional El Dorado, muchos catalogaron el cierre como una «persecución» contra Doña Segunda.

(Vea: Facturación electrónica: un desafío que requeriría esfuerzos extras). 

En redes sociales, varias personas manifestaron que el cierre iba en contra de la dinamización del  comercio. Sin embargo, desde hace más de cuatros años, la Dian ha venido advirtiendo sobre la entrada en vigencia de las normas de facturación electrónica para pequeños y grandes negocios. 

Incluso, esta norma comenzó a implementarse en grandes superficies y hasta hace unas semanas se amplió, gradualmente, a otros locales minoristas. 

Cierre por incumplimiento de la facturación electrónica.

César Melgarejo/ Portafolio

¿Cuándo se expidió la norma?

El 15 de diciembre de 2020 finalizó el calendario para la adopción de la factura electrónica en el país, un proceso que se surtió con pruebas piloto, capacitaciones masivas y retoma de visitas de orientación, que se adelantaron en 2023, para apoyar y facilitar la habilitación de los responsables de facturar.

Para ese piloto, la Dian puso a su disposición, además, el software para hacerlo de manera gratuita. 

A pesar de que la gran mayoría de negocios vienen cumpliendo la norma, que ya está vigente y ampliamente difundida, hay locales que estarían incumpliendo la normatividad y que por lo tanto se exponen a sanciones. 

(También: Por qué la Dian cerró el piqueatedero de Doña Segunda y otros 18 establecimientos más). 

Según cifra de la Dian, en 2023 se llevaron a cabo más de 50.000 visitas y solamente en 3.300 de ellas se formuló pliego de cargos, lo que lleva al posible cierre del establecimiento una vez se surte el debido proceso y se otorgan todas las garantías para el derecho de defensa. 

La autoridad tributaria explicó que los procesos sancionatorios comienzan con una visita de orientación y sensibilización, en la que funcionarios de la Dian se encargan de verificar que el comercio esté expidiendo factura electrónica.

«La entidad siempre se asegura de que el obligado a facturar cumpla los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario, entre otros, para el caso de personas naturales que sus ingresos por ventas superen las 3.500 UVT, que corresponden a $ 148.442.000 (un promedio diario de $ 412.338)», explicó la Dian.

Tal y como está definido en el Estatuto Tributario, quienes incumplan con los requisitos de facturación electrónica pueden acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre.

«Esta multa puede ser del 5%, del 10% o del 15% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la fecha de la visita que desencadenó el proceso», dice la Dian.

Para la entidad, estos cierres son el resultado de un proceso que agota cada una de las instancias en los tiempos establecidos por la norma, los cuales están sujetos a un riguroso sustento jurídico y probatorio.

«La evasión fiscal es un delito. Cuando las personas exigen la factura electrónica en sus compras y pagos de servicios ayudan a combatirlo y a que Colombia tenga los recursos para mejorar la calidad de vida de sus habitantes», concluyó la Dian.

PORTAFOLIO

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Written by jucebo

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